Una comunidad de propietarios tiene responsabilidades legales que van más allá de pagar el recibo. Cada instalación del edificio —el ascensor, el portero automático, las tomas de tierra, la piscina, la caldera central, los extintores— está sometida a una normativa específica que obliga a realizar revisiones periódicas con técnicos habilitados y registrar los resultados oficialmente.
La responsabilidad recae sobre la comunidad: el presidente firma las actas, la junta aprueba los presupuestos, y si ocurre un accidente porque una inspección no se realizó, el seguro de la comunidad puede negarse a cubrir el siniestro por incumplimiento de normativa. En los casos graves, la administración local puede imponer sanciones económicas directamente a la comunidad.
La dificultad es que las inspecciones obligatorias no son las mismas en toda España. Además del Reglamento de Baja Tensión o el de Aparatos Elevadores (que aplican en todo el territorio), cada comunidad autónoma tiene su propia normativa de ITE o IEE (Inspección Técnica de Edificios / Informe de Evaluación del Edificio) con plazos y condiciones distintas. Y en más de 15 ciudades españolas hay ordenanzas municipales que adelantan esa obligación.