GUÍA CATALUÑA · 2026

    Inspecciones obligatorias en comunidades de vecinos en Cataluña

    40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. IITE autonómica (Decreto 67/2015), ascensores, electricidad, gas, PCI, legionella, piscinas… Esta guía las reúne todas, por bloques, con periodicidades y fuentes legales.

    Las 3 capas de normativa que afectan a tu comunidad en Cataluña

    A tu comunidad le aplican normas de tres niveles distintos que conviven. Entender de dónde viene cada obligación te ayuda a priorizarla y a discutirla con tu administrador o con el técnico de turno.

    Normativa estatal

    Reales Decretos del Estado que aplican en toda España. Son los más estables. Cubren ascensores (RD 355/2024), baja tensión (RD 842/2002 REBT), gas (RD 919/2006), protección contra incendios (RD 513/2017 RIPCI), térmicas (RD 1027/2007 RITE), legionella (RD 487/2022), piscinas (RD 742/2013) y otras. En esta guía encontrarás cerca de 40 normativas estatales.

    Normativa autonómica catalana

    Cataluña regula la IITE (Inspección Técnica de Edificios de Viviendas) mediante el Decreto 67/2015 de la Generalitat. Es la versión catalana de lo que en otras comunidades se llama ITE. Obligatoria a los 45 años de antigüedad. Se presenta en la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

    Ordenanzas municipales

    Algunos ayuntamientos catalanes tienen ordenanzas propias. Barcelona mantiene el umbral de 45 años del Decreto autonómico pero añade un procedimiento específico de comunicación y tramitación. Manresa es la excepción: la IITE es obligatoria a los 40 años, cinco antes que el régimen general. En el resto de municipios aplica el Decreto 67/2015 sin modificaciones.

    Guías específicas de ciudad

    ¿Vives en una gran ciudad de Cataluña?

    Algunas grandes ciudades catalanas tienen ordenanzas municipales que desarrollan o modifican el régimen autonómico. Si tu comunidad está en una de ellas, consulta la guía específica.

    Tabla resumen: las 40 inspecciones que pueden aplicarte

    No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje, depósito de gasóleo...). La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.

    ESPECÍFICO DE CATALUÑA

    IITE autonómica

    Edificios residenciales ≥45 años (≥40 en Manresa)

    Cada 10 años·Decreto 67/2015

    IITE municipal Barcelona

    Edificios ≥45 años en Barcelona

    Cada 10 años·Ordenanza BCN IITE

    IITE municipal Manresa

    Edificios ≥40 años en Manresa

    Cada 10 años·Ordenanza Manresa IITE

    ASCENSORES

    OCA ascensor (general)

    Todos los ascensores

    Cada 4 años·RD 355/2024

    OCA ascensor (edificios pequeños)

    Algunas tipologías

    Cada 6 años·RD 355/2024

    OCA ascensor (pública concurrencia)

    Ascensores en edificios públicos

    Cada 2 años·RD 355/2024

    Salvaescaleras / plataforma vertical

    Si hay

    Mantenimiento semestral·RD 203/2016

    ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN

    OCA baja tensión (>100 kW)

    Zonas comunes >100 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA baja tensión garaje (>25 kW)

    Garaje >25 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA baja tensión piscina (>25 kW)

    Piscina >25 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA centro de transformación

    Si hay CT propio

    Cada 3 años·RD 337/2014 RAT

    OCA recarga vehículo eléctrico

    Si hay puntos de recarga

    Cada 5 años·ITC-BT-52

    CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO

    Inspección instalación térmica

    Potencia térmica >70 kW

    Cada 4 años·RD 1027/2007 RITE

    Inspección gas comunitario

    Gas canalizado

    Cada 5 años·RD 919/2006

    Inspección depósito gasóleo

    Con depósito

    Cada 10 años·RD 1523/1999

    Control fugas gases fluorados

    Equipos con F-gas

    Anual·Reg. UE 517/2014

    PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)

    Extintores (revisión)

    Todos los edificios

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Extintores (retimbrado)

    Todos

    Cada 5 años·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (revisión trimestral)

    Si hay BIE

    Cada 3 meses·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (revisión anual)

    Si hay BIE

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (prueba hidráulica)

    Si hay BIE

    Cada 5 años·RD 513/2017 RIPCI

    Columna seca

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Hidrantes exteriores

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Detección automática (trimestral)

    Si hay

    Cada 3 meses·RD 513/2017 RIPCI

    Detección automática (anual)

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    OCA PCI garaje

    Garajes

    Cada 10 años·RD 513/2017 RIPCI

    Puertas cortafuegos (EI)

    Todos los edificios

    Anual·RD 732/2019 CTE

    Señalización fotoluminiscente

    Todos

    Anual·UNE 23033

    Alumbrado emergencia (anual)

    Todos

    Anual·RD 513/2017 + REBT

    OCA alumbrado emergencia

    Todos

    Cada 10 años·RD 842/2002 REBT

    AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA

    Limpieza y desinfección ACS

    Sistemas ACS comunitarios

    Trimestral·RD 487/2022

    Análisis anual de legionella

    Sistemas susceptibles

    Anual·RD 487/2022

    Limpieza depósitos agua consumo

    Aljibes comunitarios

    Anual·RD 3/2023

    Revisión anual piscina

    Si hay piscina

    Anual (inicio temporada)·RD 742/2013

    Control agua piscina (laboratorio)

    Si hay piscina

    Trimestral·RD 742/2013

    Tratamiento DDD

    Edificios con plagas o zonas comunes

    Semestral·RD 830/2010

    OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO

    Certificado Eficiencia Energética (CEE)

    Todos los edificios

    Cada 10 años·RD 390/2021

    Mantenimiento ICT (telecos)

    Edificios con ICT

    Anual·RD 346/2011

    Pararrayos

    Si hay

    Anual·CTE DB-SUA 8

    Limpieza conductos ventilación

    Zonas comunes ventiladas

    Anual·CTE DB-HS 3

    Detección CO en garaje

    Garaje con extracción forzada

    Anual·CTE DB-HS 3

    Puerta garaje automática

    Si hay

    Anual·RD 1644/2008

    Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/DOGC) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.

    IITE Cataluña — el examen decenal del edificio

    IITE Cataluña

    Decreto 67/2015 — Generalitat

    Periodicidad

    Cada 10 años desde los 45 años de antigüedad

    Sanción máxima

    Hasta 90.000 €

    Riesgo adicional

    Pérdida cobertura de seguro · Bloqueo cédula habitabilidad

    La IITE (Inspección Técnica de Edificios de Viviendas) es la revisión general y obligatoria del edificio que marca el Decreto 67/2015 de la Generalitat. Evalúa el estado de conservación del inmueble, sus instalaciones comunes, la accesibilidad y la eficiencia energética.

    Debe realizarla un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero civil o ingeniero de la edificación) colegiado en Cataluña. El técnico visita el edificio, lo evalúa y emite un informe que se presenta telemáticamente en la Agencia de la Vivienda de Cataluña en el plazo de 4 meses desde la visita.

    Con la IITE la Agencia emite un certificado de aptitud del edificio, que puede ser:

    En Barcelona ciudad la comunicación al Ayuntamiento sigue un procedimiento municipal adicional. En Manresa la primera IITE es obligatoria a los 40 años, no a los 45. En el resto de municipios catalanes se aplica el régimen general del Decreto 67/2015.

    Ascensores — la inspección más frecuente

    OCA ascensores (Cataluña)

    RD 355/2024 — ITC AEM 1

    Periodicidad

    Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Riesgo adicional

    Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente

    Qué debes tener archivado

    • Certificado de la última OCA
    • Contrato de mantenimiento activo con empresa mantenedora autorizada
    • Libro del ascensor actualizado
    • Pólizas de seguro vigentes

    La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:

    • Cada 4 años — edificios residenciales de uso privado (lo más habitual).
    • Cada 6 años — determinadas tipologías específicas de edificios pequeños.
    • Cada 2 años — ascensores en edificios de pública concurrencia (hoteles, hospitales, centros comerciales).

    Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa.

    Salvaescaleras y plataformas verticales

    Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. No requieren OCA periódica salvo que así lo indique el fabricante o el Ayuntamiento en edificios accesibles.

    Electricidad, garaje y centros de transformación

    OCA Baja Tensión (Cataluña)

    RD 842/2002 REBT

    Periodicidad

    Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Riesgo adicional

    Inscripción obligatoria en Registro de Industria de la Generalitat

    El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:

    • Zonas comunes del edificio — OCA cada 5 años si potencia >100 kW.
    • Garaje comunitario — OCA cada 5 años si potencia >25 kW.
    • Piscina comunitaria — OCA cada 5 años si potencia >25 kW.

    La mayoría de comunidades medias-grandes superan uno o varios de estos umbrales. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria de la Generalitat. La sanción por incumplimiento puede llegar a 60.000 €.

    Centro de transformación propio

    Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Es obligación del titular del CT, es decir, la comunidad. Suele requerir mantenimiento contratado con empresa especializada.

    Puntos de recarga de vehículo eléctrico

    Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. Es una obligación cada vez más frecuente tras la reforma del RD 1053/2014 y el plan estatal de recarga.

    Climatización, gas y gasóleo

    Cuatro regímenes con potencia, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.

    Instalaciones térmicas

    RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)

    Periodicidad

    Cada 4 años

    Sanción máxima

    Hasta 30.000 €

    Gas canalizado comunitario

    RD 919/2006

    Periodicidad

    Cada 5 años

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Depósito de gasóleo

    RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03

    Periodicidad

    Cada 10 años

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Gases fluorados

    Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 2.000.000 €

    Protección contra incendios (PCI)

    RIPCI — Protección contra incendios

    RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)

    Periodicidad

    Mensual a decenal según sistema

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)

    El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:

    Extintores

    Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:

    • Revisión anual por empresa mantenedora habilitada.
    • Retimbrado cada 5 años (prueba de presión del cilindro).
    • Sustitución a los 20 años (vida útil máxima).

    BIE (Bocas de Incendio Equipadas)

    Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes. Obligaciones:

    • Revisión trimestral por empresa mantenedora.
    • Revisión anual completa (incluye medición de presión).
    • Prueba hidráulica quinquenal (presión máxima admisible).

    Puertas cortafuegos y alumbrado de emergencia

    Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).

    Detección automática

    Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.

    Otros

    Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.

    Agua, legionella y piscina comunitaria

    Prevención de legionella

    RD 487/2022 (mod. RD 614/2024)

    Periodicidad

    Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    Una de las obligaciones más estrictas en comunidades con ACS centralizada

    Prevención de legionella

    El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis. Es una de las obligaciones más estrictas en comunidades con agua caliente sanitaria centralizada o sistemas de refrigeración. Principales exigencias:

    • Limpieza y desinfección trimestral del sistema de ACS.
    • Análisis anual de legionella por laboratorio acreditado ENAC.
    • Libro de registro de operaciones.

    Depósitos de agua de consumo humano

    Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada.

    Piscina comunitaria

    RD 742/2013

    Periodicidad

    Anual + control trimestral del agua

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    Análisis irregular o falta de socorrista pueden derivar en sanciones graves (1.000–10.000 € lo habitual)

    Piscina comunitaria

    El RD 742/2013 estatal regula las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas. Se complementa con la normativa autonómica catalana. Obligaciones para comunidades con piscina:

    • Revisión anual al inicio de temporada (filtros, bombas, dosificadores).
    • Control trimestral del agua por laboratorio acreditado.
    • Control continuo por empresa mantenedora durante la temporada (cloro, pH, turbidez).
    • Socorrista si se cumplen determinadas condiciones.

    La sanción por incumplimientos graves (análisis irregular, falta de socorrista) llega a 600.000 € aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €.

    Control de plagas (DDD)

    Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, basura comunitaria o problemas recurrentes.

    Otras obligaciones del edificio

    Cuatro normativas adicionales que aplican según las instalaciones del edificio: certificado energético, ICT, pararrayos y puertas automáticas de garaje.

    CEE

    RD 390/2021 (mod. RD 659/2025)

    Periodicidad

    Cada 10 años

    Sanción máxima

    Hasta 6.000 €

    ICT — telecomunicaciones

    RD 346/2011

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 50.000 €

    Pararrayos

    CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Puerta garaje automática

    RD 1644/2008

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Comprueba qué inspecciones aplican a tu comunidad

    4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.

    Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →

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    Te enviaremos el informe aquí. No haremos spam ni cederemos tu email.

    Sanciones por incumplimiento

    Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):

    ÁmbitoSanción máxima
    PCI, legionella, piscinas, aljibesHasta 600.000 €
    IITE, CEE incumplimiento graveHasta 90.000 €
    Baja tensión, gas, recarga VEHasta 60.000 €
    Térmicas, ascensoresHasta 30.000 €
    ICT (telecomunicaciones)Hasta 50.000 €
    Gases fluorados (caso grave)Hasta 2.000.000 €

    En la práctica, las sanciones típicas para comunidades oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro.

    ¿Necesito esto si ya tengo administrador?

    Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.

    Cómo funciona FincasAlDía

    Paso 1

    Introduces los datos básicos

    15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.

    Paso 2

    El motor cruza la normativa

    Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.

    Paso 3

    Recibes alertas a tiempo

    90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.

    Preguntas frecuentes

    ¿La IITE catalana es lo mismo que la ITE del resto de España?
    Es equivalente en espíritu pero con su propio decreto, su propia nomenclatura (IITE frente a ITE) y sus propios plazos. El Decreto 67/2015 establece la IITE a los 45 años con revisiones cada 10. Otros territorios usan 30, 40 o 50 años de primera inspección y periodicidades de 5 o 10 años.
    Mi comunidad está en un pueblo de Girona, ¿tengo que hacer IITE?
    Sí, si el edificio tiene 45 años o más. La IITE autonómica aplica en toda Cataluña. Solo las ordenanzas de Barcelona y Manresa introducen matices. En el resto de municipios, régimen autonómico estándar.
    ¿Cuánto cuesta una IITE en Cataluña?
    Entre 300 € y 900 € según tamaño del edificio, número de viviendas e instalaciones comunes. Los colegios profesionales publican tarifas orientativas. FincasAlDía no encarece la IITE — solo te avisa cuándo vence y archiva el certificado.
    La IITE de mi edificio salió "apta con deficiencias importantes". ¿Qué hago?
    Tienes que ejecutar las obras en el plazo indicado (máximo 6 años antes de la siguiente IITE). El técnico que firmó el informe debe confirmar que las obras corrigen las deficiencias. Conviene convocar junta extraordinaria, aprobar presupuesto y contratar a un contratista con experiencia en rehabilitación.
    ¿Puedo hacer todas estas inspecciones yo mismo o vecinos de la comunidad?
    No. Prácticamente todas exigen un técnico habilitado u OCA inscrita en el registro de Industria de la Generalitat. La empresa mantenedora del ascensor, un instalador autorizado de gas, un laboratorio acreditado ENAC para legionella, un arquitecto colegiado para la IITE. El presidente organiza y archiva; no ejecuta.
    ¿Qué pasa si nunca hemos pasado ninguna inspección?
    Lo más probable es que estéis en incumplimiento de varias normas a la vez. Actuar por iniciativa propia siempre es mejor que esperar a una sanción o un accidente. Empieza haciendo la auditoría gratuita para saber exactamente qué te aplica y en qué orden atacarlo. Suele empezarse por PCI (extintores, BIE) e IITE, que son las más frecuentes de ser inspeccionadas por Administración o aseguradora.

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