ITE de conservación
Edificios ≥30 años
GUÍA ILLES BALEARS · 2026
40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. Sistema dual único en España: ITE de conservación a los 30 años + IEE completo a los 50 años (Ley 12/2017 LUIB art. 125). Ordenanzas de Palma, Inca, Marratxí y Maó. Ascensores, electricidad, gas, PCI, legionella, piscinas… Esta guía las reúne todas, por bloques.
A tu comunidad le aplican normas de tres niveles distintos que conviven. Illes Balears tiene una particularidad importante: el sistema dual de inspección que distingue entre edificios de 30 años (evaluación de conservación) y de 50 años (IEE completo). Saber en qué tramo está tu edificio es la primera decisión clave.
En el resto de municipios baleares se aplica directamente la Ley 12/2017 LUIB y el Decreto 17/2016. Esto incluye Manacor, Calvià, Eivissa, Santa Eulària des Riu, Llucmajor, Sant Antoni de Portmany, Ciutadella de Menorca y muchos otros.
Guías específicas de ciudad
Palma de Mallorca tiene Ordenanza Municipal de ITE propia (BOIB 73/2015) con calendario escalonado. Si tu comunidad está en Palma, consulta la guía específica.
No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje...) y de su edad (30 o 50 años marcan diferencia). La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.
ESPECÍFICO DE ILLES BALEARS
ITE de conservación
Edificios ≥30 años
IEE completo
Edificios ≥50 años
ITE municipal Palma
Edificios ≥50 años en Palma
ASCENSORES
OCA ascensor (general)
Todos los ascensores
OCA ascensor (edificios pequeños)
Algunas tipologías
OCA ascensor (pública concurrencia)
Ascensores en edificios públicos
Salvaescaleras / plataforma vertical
Si hay
ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
OCA baja tensión (>100 kW)
Zonas comunes >100 kW
OCA baja tensión garaje (>25 kW)
Garaje >25 kW
OCA baja tensión piscina (>25 kW)
Piscina >25 kW
OCA centro de transformación
Si hay CT propio
OCA recarga vehículo eléctrico
Si hay puntos de recarga
CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO
Inspección instalación térmica
Potencia térmica >70 kW
Inspección gas comunitario
Gas canalizado
Inspección depósito gasóleo
Con depósito
Control fugas gases fluorados
Equipos con F-gas
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)
Extintores (revisión)
Todos los edificios
Extintores (retimbrado)
Todos
BIE (revisión trimestral)
Si hay BIE
BIE (revisión anual)
Si hay BIE
BIE (prueba hidráulica)
Si hay BIE
Columna seca
Si hay
Hidrantes exteriores
Si hay
Detección automática (trimestral)
Si hay
Detección automática (anual)
Si hay
OCA PCI garaje
Garajes
Puertas cortafuegos (EI)
Todos los edificios
Señalización fotoluminiscente
Todos
Alumbrado emergencia (anual)
Todos
OCA alumbrado emergencia
Todos
AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA
Limpieza y desinfección ACS
Sistemas ACS comunitarios
Análisis anual de legionella
Sistemas susceptibles
Limpieza depósitos agua consumo
Aljibes comunitarios
Revisión anual piscina
Si hay piscina
Control agua piscina (laboratorio)
Si hay piscina
Tratamiento DDD
Edificios con zonas comunes susceptibles
OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO
Certificado Eficiencia Energética (CEE)
Todos los edificios
Mantenimiento ICT (telecos)
Edificios con ICT
Pararrayos
Si hay
Limpieza conductos ventilación
Zonas comunes ventiladas
Detección CO en garaje
Garaje con extracción forzada
Puerta garaje automática
Si hay
| Inspección | Cuándo aplica | Periodicidad | Normativa |
|---|---|---|---|
| ESPECÍFICO DE ILLES BALEARS | |||
| ITE de conservación | Edificios ≥30 años | Cada 10 años | Ley 12/2017 LUIB art. 125 |
| IEE completo | Edificios ≥50 años | Cada 10 años | Ley 12/2017 LUIB + D. 17/2016 |
| ITE municipal Palma | Edificios ≥50 años en Palma | Cada 10 años | Ord. Palma BOIB 73/2015 |
| ASCENSORES | |||
| OCA ascensor (general) | Todos los ascensores | Cada 4 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (edificios pequeños) | Algunas tipologías | Cada 6 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (pública concurrencia) | Ascensores en edificios públicos | Cada 2 años | RD 355/2024 |
| Salvaescaleras / plataforma vertical | Si hay | Mantenimiento semestral | RD 203/2016 |
| ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN | |||
| OCA baja tensión (>100 kW) | Zonas comunes >100 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión garaje (>25 kW) | Garaje >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión piscina (>25 kW) | Piscina >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA centro de transformación | Si hay CT propio | Cada 3 años | RD 337/2014 RAT |
| OCA recarga vehículo eléctrico | Si hay puntos de recarga | Cada 5 años | ITC-BT-52 |
| CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO | |||
| Inspección instalación térmica | Potencia térmica >70 kW | Cada 4 años | RD 1027/2007 RITE |
| Inspección gas comunitario | Gas canalizado | Cada 5 años | RD 919/2006 |
| Inspección depósito gasóleo | Con depósito | Cada 10 años | RD 1523/1999 |
| Control fugas gases fluorados | Equipos con F-gas | Anual | Reg. UE 517/2014 |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) | |||
| Extintores (revisión) | Todos los edificios | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Extintores (retimbrado) | Todos | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión trimestral) | Si hay BIE | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión anual) | Si hay BIE | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (prueba hidráulica) | Si hay BIE | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Columna seca | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Hidrantes exteriores | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (trimestral) | Si hay | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (anual) | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| OCA PCI garaje | Garajes | Cada 10 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Puertas cortafuegos (EI) | Todos los edificios | Anual | RD 732/2019 CTE |
| Señalización fotoluminiscente | Todos | Anual | UNE 23033 |
| Alumbrado emergencia (anual) | Todos | Anual | RD 513/2017 + REBT |
| OCA alumbrado emergencia | Todos | Cada 10 años | RD 842/2002 REBT |
| AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA | |||
| Limpieza y desinfección ACS | Sistemas ACS comunitarios | Trimestral | RD 487/2022 |
| Análisis anual de legionella | Sistemas susceptibles | Anual | RD 487/2022 |
| Limpieza depósitos agua consumo | Aljibes comunitarios | Anual | RD 3/2023 |
| Revisión anual piscina | Si hay piscina | Anual (inicio temporada) | RD 742/2013 |
| Control agua piscina (laboratorio) | Si hay piscina | Trimestral | RD 742/2013 |
| Tratamiento DDD | Edificios con zonas comunes susceptibles | Semestral | RD 830/2010 |
| OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO | |||
| Certificado Eficiencia Energética (CEE) | Todos los edificios | Cada 10 años | RD 390/2021 |
| Mantenimiento ICT (telecos) | Edificios con ICT | Anual | RD 346/2011 |
| Pararrayos | Si hay | Anual | CTE DB-SUA 8 |
| Limpieza conductos ventilación | Zonas comunes ventiladas | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Detección CO en garaje | Garaje con extracción forzada | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Puerta garaje automática | Si hay | Anual | RD 1644/2008 |
Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/BOIB) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.
Ley 12/2017 LUIB art. 125 + Decreto 17/2016 (mod. Ley 7/2024)
Cada 10 años · ITE conservación a los 30 años · IEE completo a los 50 años
Hasta 3.000 €
Sistema dual único en España: dos tipos de inspección según la edad del edificio
Si tu comunidad está en Illes Balears, hay un detalle clave que muchos presidentes desconocen: conviven dos inspecciones distintas según la edad del edificio. Es un sistema único en España, regulado por el artículo 125 de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB) tras la modificación de la Ley 7/2024.
| Aspecto | ITE de conservación (30 años) | IEE completo (50 años) |
|---|---|---|
| Norma | Ley 12/2017 LUIB art. 125 | Ley 12/2017 LUIB + D. 17/2016 |
| Edad mínima | 30 años | 50 años |
| Periodicidad | Cada 10 años | Cada 10 años |
| Alcance | Solo conservación estructural | Conservación + accesibilidad + eficiencia energética |
| Sanción máxima | 3.000 € | 3.000 € |
Los edificios baleares con 30 años cumplidos deben pasar una evaluación del estado de conservación. Es una inspección más ligera que la IEE completa: solo evalúa el estado estructural y las condiciones físicas básicas (estanqueidad, fachada, cubierta, zonas comunes). No incluye accesibilidad ni eficiencia energética.
Esta obligación se introdujo con la Ley 7/2024 de modificación de la LUIB. Antes de esa reforma, no había inspección obligatoria en este tramo de edad. Es relativamente reciente y muchas comunidades aún no son conscientes.
Cuando el edificio cumple 50 años, la inspección pasa a ser un IEE completo (Informe de Evaluación del Edificio): además del estado de conservación, debe evaluar también las condiciones básicas de accesibilidad y la eficiencia energética. Es la inspección de alcance integral, equivalente al IEE de otras CCAA.
Lo regula el Decreto 17/2016 y la propia Ley 12/2017 LUIB. Periodicidad cada 10 años. Lo firma un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador colegiado).
Si tu edificio acaba de cumplir 30 años, tienes que hacer la primera ITE de conservación. A los 40 años haces la siguiente (10 años después). Cuando el edificio cumpla 50 años, la siguiente inspección debe ser un IEE completo (no la conservación simplificada). A partir de ahí, todas las revisiones decenales son IEE completas.
En la práctica, lo más eficiente es que la ITE de conservación del edificio que cumple 50 años se haga directamente como IEE completo, anticipándose al cambio. Tu técnico te lo planteará así.
Cuatro ayuntamientos baleares han desarrollado ordenanzas municipales con calendarios específicos que adaptan el régimen autonómico:
En el resto de municipios baleares (Manacor, Calvià, Eivissa, Santa Eulària, Llucmajor, Sant Antoni, Ciutadella, etc.) se aplica directamente la Ley 12/2017 LUIB y el Decreto 17/2016 sin calendario municipal específico.
Tanto la ITE de conservación como el IEE completo deben firmarlas un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador colegiado. Se presentan ante el Ayuntamiento correspondiente. En Palma el procedimiento es íntegramente telemático a través de la sede electrónica municipal.
RD 355/2024 — ITC AEM 1
Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)
Hasta 30.000 €
Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente
Qué debes tener archivado
La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:
Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En Illes Balears las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria del Govern de les Illes Balears.
Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. Frecuentes en cascos antiguos rehabilitados de Palma (barrios de Sa Calatrava, Santa Catalina), Maó y Eivissa donde la accesibilidad es un reto por la orografía y la trama urbana histórica.
RD 842/2002 REBT
Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)
Hasta 60.000 €
Inscripción obligatoria en el registro de Industria del Govern de les Illes Balears
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:
Las comunidades medias-grandes en Palma, Eivissa, Maó, Calvià y todo el litoral turístico (Sa Coma, Cala Millor, Cala d'Or, Sant Antoni, Santa Eulària) superan habitualmente uno o varios de estos umbrales por tener garajes o piscinas. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria del Govern. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.
Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Habitual en urbanizaciones grandes de la costa mallorquina, Eivissa y los nuevos desarrollos residenciales de Palma.
Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. El plan MOVES y las ayudas autonómicas del Govern (Direcció General d'Energia i Canvi Climàtic) están impulsando estas instalaciones, por lo que cada vez más comunidades baleares tienen esta obligación.
Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.
RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)
Cada 4 años
Hasta 30.000 €
RD 919/2006
Cada 5 años
Hasta 60.000 €
RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03
Cada 10 años
Hasta 60.000 €
Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573
Anual
Hasta 2.000.000 €
RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)
Mensual a decenal según sistema
Hasta 600.000 €
La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)
El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:
Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:
Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes grandes. Obligaciones:
Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).
Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.
Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.
RD 487/2022 (mod. RD 614/2024)
Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)
Hasta 600.000 €
Una de las obligaciones más estrictas en comunidades con ACS centralizada
El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis en toda España. En Illes Balears se aplica directamente el RD estatal sin desarrollo autonómico específico. Principales exigencias:
Especialmente relevante en Illes Balears por la abundancia de sistemas de ACS centralizada en complejos turístico-residenciales y por el clima cálido, condiciones que favorecen la proliferación de legionella si no se mantienen bien los sistemas.
Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada. Muy habituales en Illes Balears por la histórica escasez de agua y la dependencia de cisternas en zonas rurales y urbanizaciones aisladas, especialmente en Eivissa, Formentera y zonas interiores de Mallorca.
RD 742/2013 estatal + Conselleria de Salut Govern
Anual + control trimestral del agua
Hasta 600.000 €
Sin decreto autonómico específico — aplica el régimen estatal
En Illes Balears no existe decreto autonómico específico de piscinas comunitarias en vigor (a diferencia de Andalucía, Madrid, Galicia o Canarias). Aplica directamente el régimen estatal del RD 742/2013 complementado con inspecciones de la Conselleria de Salut del Govern. Obligaciones:
La sanción por incumplimientos graves llega a 600.000 € según la Ley General de Salud Pública, aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €. Las piscinas comunitarias residenciales son muy comunes en todo el archipiélago — cualquier urbanización turística o residencial de la costa tiene una. La Conselleria de Salut realiza inspecciones frecuentes durante la temporada de baño.
Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes — especialmente relevante en Illes Balears por la presión turística y la presencia de mosquitos, cucarachas y otros vectores favorecidos por el clima.
Cuatro normativas adicionales que aplican según las instalaciones del edificio: certificado energético, ICT, pararrayos y puertas automáticas de garaje.
RD 390/2021
Cada 10 años
Hasta 6.000 €
RD 346/2011
Anual
Hasta 50.000 €
CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305
Anual
—
RD 1644/2008
Anual
Hasta 60.000 €
4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.
Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →
En menos de 30 segundos. Recibirás el informe con todas las obligaciones legales que afectan a tu comunidad en Islas Baleares.
Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):
| Ámbito | Sanción máxima |
|---|---|
| PCI, legionella, piscinas, aljibes | Hasta 600.000 € |
| ITE/IEE Baleares (Ley 12/2017) | Hasta 3.000 € |
| Baja tensión, gas, recarga VE | Hasta 60.000 € |
| Térmicas, ascensores | Hasta 30.000 € |
| ICT (telecomunicaciones) | Hasta 50.000 € |
| Gases fluorados (caso grave) | Hasta 2.000.000 € |
| CEE | Hasta 6.000 € |
En la práctica, las sanciones típicas para comunidades baleares oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las sanciones autonómicas de la ITE/IEE balear son de las más bajas de España (hasta 3.000 €), pero pueden multiplicarse cuando concurren sanciones por las inspecciones específicas (PCI, piscina, legionella). Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro.
Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.
Paso 1
15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.
Paso 2
Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.
Paso 3
90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.
Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro.
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