IEE autonómico
Edificios ≥50 años (salvo ciudades con ordenanza)
GUÍA GALICIA · 2026
40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. IEE autonómico (Ley 1/2019 y Decreto 61/2021), ordenanza de Vigo a los 40 años, Lugo y Cangas do Morrazo con umbrales reducidos, piscinas autonómicas, ascensores, gas, PCI, legionella… Esta guía las reúne todas, por bloques, con periodicidades y fuentes legales.
A tu comunidad le aplican normas de tres niveles distintos que conviven. Galicia tiene particularidad relevante: la Ley 1/2019 faculta a los ayuntamientos gallegos a reducir el umbral de antigüedad del IEE, y varios municipios ya lo han hecho. Saber qué aplica a tu edificio concreto puede marcar la diferencia entre estar al día o llevar años en incumplimiento sin saberlo.
En el resto de municipios gallegos (A Coruña, Ourense, Pontevedra, Santiago, Ferrol y todos los menores) se aplica el umbral autonómico de los 50 años directamente.
No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje, depósito de gasóleo...) y del municipio. La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.
ESPECÍFICO DE GALICIA
IEE autonómico
Edificios ≥50 años (salvo ciudades con ordenanza)
IEE municipal Vigo
Edificios ≥40 años en Vigo
IEE municipal Lugo
Edificios ≥40 años en Lugo
IEE municipal Cangas do Morrazo
Edificios ≥30 años en Cangas
Piscina comunitaria (Galicia)
Comunidades con piscina Tipo 3A
Legionella complementaria
Sistemas susceptibles
CEE + deducción fiscal 15%
Para acogerse a deducción IRPF gallega
ASCENSORES
OCA ascensor (general)
Todos los ascensores
OCA ascensor (edificios pequeños)
Algunas tipologías
OCA ascensor (pública concurrencia)
Ascensores en edificios públicos
Salvaescaleras / plataforma vertical
Si hay
ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
OCA baja tensión (>100 kW)
Zonas comunes >100 kW
OCA baja tensión garaje (>25 kW)
Garaje >25 kW
OCA baja tensión piscina (>25 kW)
Piscina >25 kW
OCA centro de transformación
Si hay CT propio
OCA recarga vehículo eléctrico
Si hay puntos de recarga
CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO
Inspección instalación térmica
Potencia térmica >70 kW
Inspección gas comunitario
Gas canalizado
Inspección depósito gasóleo
Con depósito
Control fugas gases fluorados
Equipos con F-gas
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)
Extintores (revisión)
Todos los edificios
Extintores (retimbrado)
Todos
BIE (revisión trimestral)
Si hay BIE
BIE (revisión anual)
Si hay BIE
BIE (prueba hidráulica)
Si hay BIE
Columna seca
Si hay
Hidrantes exteriores
Si hay
Detección automática (trimestral)
Si hay
Detección automática (anual)
Si hay
OCA PCI garaje
Garajes
Puertas cortafuegos (EI)
Todos los edificios
Señalización fotoluminiscente
Todos
Alumbrado emergencia (anual)
Todos
OCA alumbrado emergencia
Todos
AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA
Limpieza y desinfección ACS
Sistemas ACS comunitarios
Análisis anual de legionella
Sistemas susceptibles
Limpieza depósitos agua consumo
Aljibes comunitarios
Revisión anual piscina
Si hay piscina
Control agua piscina (laboratorio)
Si hay piscina
Tratamiento DDD
Edificios con zonas comunes susceptibles
OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO
Certificado Eficiencia Energética (CEE)
Todos los edificios
Mantenimiento ICT (telecos)
Edificios con ICT
Pararrayos
Si hay
Limpieza conductos ventilación
Zonas comunes ventiladas
Detección CO en garaje
Garaje con extracción forzada
Puerta garaje automática
Si hay
| Inspección | Cuándo aplica | Periodicidad | Normativa |
|---|---|---|---|
| ESPECÍFICO DE GALICIA | |||
| IEE autonómico | Edificios ≥50 años (salvo ciudades con ordenanza) | Cada 10 años | Ley 1/2019 + D. 61/2021 |
| IEE municipal Vigo | Edificios ≥40 años en Vigo | Cada 10 años | Ord. Vigo 2010 |
| IEE municipal Lugo | Edificios ≥40 años en Lugo | Cada 10 años | Ord. Lugo |
| IEE municipal Cangas do Morrazo | Edificios ≥30 años en Cangas | Cada 10 años | Ord. Cangas |
| Piscina comunitaria (Galicia) | Comunidades con piscina Tipo 3A | Anual + controles continuos | Decreto 119/2019 |
| Legionella complementaria | Sistemas susceptibles | Anual + formación | Decreto 9/2001 |
| CEE + deducción fiscal 15% | Para acogerse a deducción IRPF gallega | Cada 10 años | Ley 7/2019 |
| ASCENSORES | |||
| OCA ascensor (general) | Todos los ascensores | Cada 4 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (edificios pequeños) | Algunas tipologías | Cada 6 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (pública concurrencia) | Ascensores en edificios públicos | Cada 2 años | RD 355/2024 |
| Salvaescaleras / plataforma vertical | Si hay | Mantenimiento semestral | RD 203/2016 |
| ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN | |||
| OCA baja tensión (>100 kW) | Zonas comunes >100 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión garaje (>25 kW) | Garaje >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión piscina (>25 kW) | Piscina >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA centro de transformación | Si hay CT propio | Cada 3 años | RD 337/2014 RAT |
| OCA recarga vehículo eléctrico | Si hay puntos de recarga | Cada 5 años | ITC-BT-52 |
| CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO | |||
| Inspección instalación térmica | Potencia térmica >70 kW | Cada 4 años | RD 1027/2007 RITE |
| Inspección gas comunitario | Gas canalizado | Cada 5 años | RD 919/2006 |
| Inspección depósito gasóleo | Con depósito | Cada 10 años | RD 1523/1999 |
| Control fugas gases fluorados | Equipos con F-gas | Anual | Reg. UE 517/2014 |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) | |||
| Extintores (revisión) | Todos los edificios | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Extintores (retimbrado) | Todos | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión trimestral) | Si hay BIE | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión anual) | Si hay BIE | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (prueba hidráulica) | Si hay BIE | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Columna seca | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Hidrantes exteriores | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (trimestral) | Si hay | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (anual) | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| OCA PCI garaje | Garajes | Cada 10 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Puertas cortafuegos (EI) | Todos los edificios | Anual | RD 732/2019 CTE |
| Señalización fotoluminiscente | Todos | Anual | UNE 23033 |
| Alumbrado emergencia (anual) | Todos | Anual | RD 513/2017 + REBT |
| OCA alumbrado emergencia | Todos | Cada 10 años | RD 842/2002 REBT |
| AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA | |||
| Limpieza y desinfección ACS | Sistemas ACS comunitarios | Trimestral | RD 487/2022 |
| Análisis anual de legionella | Sistemas susceptibles | Anual | RD 487/2022 + D. 9/2001 |
| Limpieza depósitos agua consumo | Aljibes comunitarios | Anual | RD 3/2023 |
| Revisión anual piscina | Si hay piscina | Anual (inicio temporada) | Decreto 119/2019 |
| Control agua piscina (laboratorio) | Si hay piscina | Trimestral | RD 742/2013 + D. 119/2019 |
| Tratamiento DDD | Edificios con zonas comunes susceptibles | Semestral | RD 830/2010 |
| OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO | |||
| Certificado Eficiencia Energética (CEE) | Todos los edificios | Cada 10 años | RD 390/2021 |
| Mantenimiento ICT (telecos) | Edificios con ICT | Anual | RD 346/2011 |
| Pararrayos | Si hay | Anual | CTE DB-SUA 8 |
| Limpieza conductos ventilación | Zonas comunes ventiladas | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Detección CO en garaje | Garaje con extracción forzada | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Puerta garaje automática | Si hay | Anual | RD 1644/2008 |
Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/DOG) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.
Ley 1/2019 + Decreto 61/2021 (mod. D. 34/2022)
Cada 10 años desde los 50 años de antigüedad
—
Registro REGIAE · Ordenanzas Vigo y Lugo (40 años) · Cangas do Morrazo (30 años, el más estricto)
En Galicia, el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es la revisión general y obligatoria del inmueble. Entender qué régimen aplica a tu comunidad es importante: tres ayuntamientos gallegos han reducido el umbral autonómico, y en esos municipios la obligación nace antes.
La Ley 1/2019 de Galicia y su reglamento de desarrollo, el Decreto 61/2021 (modificado por Decreto 34/2022), regulan el IEE a nivel autonómico. Aplica a todos los edificios residenciales colectivos con 50 años o más en los municipios que no tengan ordenanza municipal propia. Revisión cada 10 años.
Se aplica por defecto en: A Coruña, Santiago de Compostela, Ourense, Pontevedra, Ferrol, Narón, Arteixo, Vilagarcía de Arousa, Sanxenxo y todos los municipios gallegos sin ordenanza de IEE propia.
Tres ayuntamientos gallegos se han acogido a la facultad de reducir el umbral del IEE. Detalle ciudad por ciudad:
| Ciudad | Edad primera IEE | Periodicidad | Normativa |
|---|---|---|---|
| Vigo | 40 años | Cada 10 años | Ord. 2010 (BOP_PO 17/11/2010) |
| Lugo | 40 años | Cada 10 años | Ordenanza municipal |
| Cangas do Morrazo | 30 años (el más estricto de Galicia) | Cada 10 años | Ordenanza municipal |
Cangas do Morrazo es el caso más estricto de Galicia: la IEE es obligatoria a los 30 años de antigüedad. Un edificio construido en 1995 ya lleva obligado desde 2025. En Vigo y Lugo, con umbral de 40 años, los edificios de finales de los años 80 y principios de los 90 ya están obligados.
Si tu comunidad está en A Coruña, Santiago, Ourense, Pontevedra, Ferrol o cualquier otro municipio sin ordenanza propia, aplica directamente la Ley 1/2019 autonómica a los 50 años.
Debe realizarla un arquitecto, arquitecto técnico, aparejador, ingeniero civil o ingeniero de la edificación colegiado. El informe se presenta telemáticamente en el REGIAE (Registro Gallego de Informes de Evaluación del Edificio), accesible en regiae.xunta.gal. Los ayuntamientos con ordenanza propia (Vigo, Lugo, Cangas) mantienen comunicación adicional a través de sus sedes electrónicas.
Para los edificios catalogados, el Decreto 61/2021 estableció un plazo de 1 año desde la entrada en vigor del decreto para presentar el IEE. Si tu comunidad está en un edificio del Conjunto Histórico de Santiago, el casco vello de A Coruña, de Lugo, de Betanzos o cualquier otro BIC o entorno de BIC, consulta con tu ayuntamiento si estás dentro de plazo.
RD 355/2024 — ITC AEM 1
Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)
Hasta 30.000 €
Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente
Qué debes tener archivado
La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:
Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En Galicia las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria de la Xunta.
Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. No requieren OCA periódica salvo que así lo indique el fabricante.
RD 842/2002 REBT
Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)
Hasta 60.000 €
Inscripción obligatoria en el registro de Industria de la Xunta
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:
La mayoría de comunidades medias-grandes en Galicia (Vigo, A Coruña, Santiago, Ourense) superan uno o varios de estos umbrales por tener garajes o piscinas. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria de la Xunta. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.
Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Es habitual en urbanizaciones grandes de Sanxenxo, Vilagarcía, Baiona, A Coruña y Vigo.
Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. El plan MOVES y las ayudas del INEGA (Instituto Enerxético de Galicia) están impulsando estas instalaciones, por lo que cada vez más comunidades gallegas tienen esta obligación.
Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.
RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)
Cada 4 años
Hasta 30.000 €
RD 919/2006
Cada 5 años
Hasta 60.000 €
RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03
Cada 10 años
Hasta 60.000 €
Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573
Anual
Hasta 2.000.000 €
RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)
Mensual a decenal según sistema
Hasta 600.000 €
La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)
El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:
Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:
Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes grandes. Obligaciones:
Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).
Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.
Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.
RD 487/2022 + Decreto 9/2001 (Galicia)
Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)
Hasta 600.000 €
Régimen estatal + complemento autonómico gallego
El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis en toda España. En Galicia se complementa con el Decreto 9/2001 que regula los requisitos específicos aplicables. En caso de contradicción entre norma estatal y autonómica, prevalece el RD 487/2022.
Obligaciones para comunidades con agua caliente sanitaria centralizada o sistemas susceptibles:
Relevante en Galicia: el clima húmedo y las temperaturas suaves generan condiciones favorables para la proliferación de legionella en sistemas de agua estancada o mal mantenidos.
Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada.
Decreto 119/2019
Anual + control trimestral del agua
Hasta 600.000 €
La Xunta de Galicia regula las piscinas comunitarias con el Decreto 119/2019 del 17 de octubre, que aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Galicia. Aplica a piscinas comunitarias de uso colectivo clasificadas como Tipo 3A. Exigencias:
Los ayuntamientos gallegos y la Consellería de Sanidade realizan inspecciones sin aviso durante la temporada. Sanciones máximas hasta 600.000 € según la Ley General de Salud Pública en casos graves, aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €.
Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes.
El RD 390/2021 obliga a disponer de CEE en vigor para vender o alquilar. Vigencia 10 años. Se renueva contratando un técnico competente que emite etiqueta energética (A-G). Sanción máxima 6.000 €.
Aquí está una oportunidad que muchos presidentes gallegos desconocen. La Ley 7/2019 de Galicia, complementada por el Decreto 128/2016, establece una deducción autonómica del 15% en el IRPF gallego por las cantidades invertidas en mejoras energéticas derivadas del CEE del edificio. El límite es 9.000 € por contribuyente.
Requisitos:
Es una de las deducciones autonómicas más generosas de España en este ámbito. Si tu comunidad está planteando una rehabilitación energética (aislamiento, sustitución de caldera, ventanas, aerotermia...), el CEE puede ser la puerta de entrada a esta deducción para cada vecino.
El RD 346/2011 regula la ICT de los edificios (antenas de televisión, cableado estructurado para fibra óptica). Mantenimiento anual por empresa habilitada. Sanción máxima 50.000 €.
Los edificios con sistema de protección contra el rayo se rigen por CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305. Verificación anual. En Galicia son relativamente poco frecuentes en viviendas, más comunes en edificios altos y zonas montañosas (sierras orensanas, serra dos Ancares).
Limpieza anual de conductos de ventilación (CTE DB-HS 3) y mantenimiento anual de la detección de CO en garajes con extracción forzada (UNE-EN 50545-1). Puerta automática del garaje con revisión anual según RD 1644/2008.
4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.
Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →
En menos de 30 segundos. Recibirás el informe con todas las obligaciones legales que afectan a tu comunidad en Galicia.
Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):
| Ámbito | Sanción máxima |
|---|---|
| PCI, legionella, piscinas (D. 119/2019), aljibes | Hasta 600.000 € |
| IEE autonómico (Ley 1/2019) | Hasta 90.000 € |
| Baja tensión, gas, recarga VE | Hasta 60.000 € |
| Térmicas, ascensores | Hasta 30.000 € |
| ICT (telecomunicaciones) | Hasta 50.000 € |
| Gases fluorados (caso grave) | Hasta 2.000.000 € |
| IEE municipal Vigo | Hasta 6.000 € |
| CEE | Hasta 6.000 € |
En la práctica, las sanciones típicas para comunidades gallegas oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro. Y el bloqueo de ayudas públicas a la rehabilitación de la Xunta penaliza doblemente.
Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.
Paso 1
15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.
Paso 2
Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.
Paso 3
90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.
Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro.
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