GUÍA GALICIA · 2026

    Inspecciones obligatorias en comunidades de vecinos en Galicia

    40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. IEE autonómico (Ley 1/2019 y Decreto 61/2021), ordenanza de Vigo a los 40 años, Lugo y Cangas do Morrazo con umbrales reducidos, piscinas autonómicas, ascensores, gas, PCI, legionella… Esta guía las reúne todas, por bloques, con periodicidades y fuentes legales.

    Las 3 capas de normativa que afectan a tu comunidad en Galicia

    A tu comunidad le aplican normas de tres niveles distintos que conviven. Galicia tiene particularidad relevante: la Ley 1/2019 faculta a los ayuntamientos gallegos a reducir el umbral de antigüedad del IEE, y varios municipios ya lo han hecho. Saber qué aplica a tu edificio concreto puede marcar la diferencia entre estar al día o llevar años en incumplimiento sin saberlo.

    Normativa estatal

    Reales Decretos del Estado que aplican en toda España. Son los más estables. Cubren ascensores (RD 355/2024), baja tensión (RD 842/2002 REBT), gas (RD 919/2006), protección contra incendios (RD 513/2017 RIPCI), térmicas (RD 1027/2007 RITE), legionella (RD 487/2022), piscinas (RD 742/2013) y otras. En esta guía encontrarás cerca de 40 normativas estatales.

    Normativa autonómica gallega

    Galicia regula el IEE (Informe de Evaluación del Edificio) mediante la Ley 1/2019 y su reglamento de desarrollo, el Decreto 61/2021 (modificado por Decreto 34/2022). Obligatorio para edificios residenciales colectivos de 50 o más años. Registro en REGIAE (https://regiae.xunta.gal/). Además, la Xunta regula las piscinas comunitarias con el Decreto 119/2019, los requisitos complementarios de legionella con el Decreto 9/2001, y ofrece una deducción fiscal autonómica del 15% por mejoras energéticas derivadas del CEE.

    Ordenanzas municipales

    Tres ayuntamientos gallegos han reducido el umbral de antigüedad del IEE respecto al régimen autonómico general (50 años):
    • Vigo (ordenanza 2010, BOP_PO 17/11/2010) — IEE a los 40 años.
    • Lugo — IEE a los 40 años.
    • Cangas do Morrazo — IEE a los 30 años (el más estricto de Galicia).

    En el resto de municipios gallegos (A Coruña, Ourense, Pontevedra, Santiago, Ferrol y todos los menores) se aplica el umbral autonómico de los 50 años directamente.

    Tabla resumen: las 40 inspecciones que pueden aplicarte

    No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje, depósito de gasóleo...) y del municipio. La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.

    ESPECÍFICO DE GALICIA

    IEE autonómico

    Edificios ≥50 años (salvo ciudades con ordenanza)

    Cada 10 años·Ley 1/2019 + D. 61/2021

    IEE municipal Vigo

    Edificios ≥40 años en Vigo

    Cada 10 años·Ord. Vigo 2010

    IEE municipal Lugo

    Edificios ≥40 años en Lugo

    Cada 10 años·Ord. Lugo

    IEE municipal Cangas do Morrazo

    Edificios ≥30 años en Cangas

    Cada 10 años·Ord. Cangas

    Piscina comunitaria (Galicia)

    Comunidades con piscina Tipo 3A

    Anual + controles continuos·Decreto 119/2019

    Legionella complementaria

    Sistemas susceptibles

    Anual + formación·Decreto 9/2001

    CEE + deducción fiscal 15%

    Para acogerse a deducción IRPF gallega

    Cada 10 años·Ley 7/2019

    ASCENSORES

    OCA ascensor (general)

    Todos los ascensores

    Cada 4 años·RD 355/2024

    OCA ascensor (edificios pequeños)

    Algunas tipologías

    Cada 6 años·RD 355/2024

    OCA ascensor (pública concurrencia)

    Ascensores en edificios públicos

    Cada 2 años·RD 355/2024

    Salvaescaleras / plataforma vertical

    Si hay

    Mantenimiento semestral·RD 203/2016

    ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN

    OCA baja tensión (>100 kW)

    Zonas comunes >100 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA baja tensión garaje (>25 kW)

    Garaje >25 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA baja tensión piscina (>25 kW)

    Piscina >25 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA centro de transformación

    Si hay CT propio

    Cada 3 años·RD 337/2014 RAT

    OCA recarga vehículo eléctrico

    Si hay puntos de recarga

    Cada 5 años·ITC-BT-52

    CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO

    Inspección instalación térmica

    Potencia térmica >70 kW

    Cada 4 años·RD 1027/2007 RITE

    Inspección gas comunitario

    Gas canalizado

    Cada 5 años·RD 919/2006

    Inspección depósito gasóleo

    Con depósito

    Cada 10 años·RD 1523/1999

    Control fugas gases fluorados

    Equipos con F-gas

    Anual·Reg. UE 517/2014

    PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)

    Extintores (revisión)

    Todos los edificios

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Extintores (retimbrado)

    Todos

    Cada 5 años·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (revisión trimestral)

    Si hay BIE

    Cada 3 meses·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (revisión anual)

    Si hay BIE

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (prueba hidráulica)

    Si hay BIE

    Cada 5 años·RD 513/2017 RIPCI

    Columna seca

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Hidrantes exteriores

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Detección automática (trimestral)

    Si hay

    Cada 3 meses·RD 513/2017 RIPCI

    Detección automática (anual)

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    OCA PCI garaje

    Garajes

    Cada 10 años·RD 513/2017 RIPCI

    Puertas cortafuegos (EI)

    Todos los edificios

    Anual·RD 732/2019 CTE

    Señalización fotoluminiscente

    Todos

    Anual·UNE 23033

    Alumbrado emergencia (anual)

    Todos

    Anual·RD 513/2017 + REBT

    OCA alumbrado emergencia

    Todos

    Cada 10 años·RD 842/2002 REBT

    AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA

    Limpieza y desinfección ACS

    Sistemas ACS comunitarios

    Trimestral·RD 487/2022

    Análisis anual de legionella

    Sistemas susceptibles

    Anual·RD 487/2022 + D. 9/2001

    Limpieza depósitos agua consumo

    Aljibes comunitarios

    Anual·RD 3/2023

    Revisión anual piscina

    Si hay piscina

    Anual (inicio temporada)·Decreto 119/2019

    Control agua piscina (laboratorio)

    Si hay piscina

    Trimestral·RD 742/2013 + D. 119/2019

    Tratamiento DDD

    Edificios con zonas comunes susceptibles

    Semestral·RD 830/2010

    OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO

    Certificado Eficiencia Energética (CEE)

    Todos los edificios

    Cada 10 años·RD 390/2021

    Mantenimiento ICT (telecos)

    Edificios con ICT

    Anual·RD 346/2011

    Pararrayos

    Si hay

    Anual·CTE DB-SUA 8

    Limpieza conductos ventilación

    Zonas comunes ventiladas

    Anual·CTE DB-HS 3

    Detección CO en garaje

    Garaje con extracción forzada

    Anual·CTE DB-HS 3

    Puerta garaje automática

    Si hay

    Anual·RD 1644/2008

    Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/DOG) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.

    IEE Galicia — autonómico vs las 3 ordenanzas municipales

    IEE Galicia

    Ley 1/2019 + Decreto 61/2021 (mod. D. 34/2022)

    Periodicidad

    Cada 10 años desde los 50 años de antigüedad

    Sanción máxima

    Riesgo adicional

    Registro REGIAE · Ordenanzas Vigo y Lugo (40 años) · Cangas do Morrazo (30 años, el más estricto)

    En Galicia, el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es la revisión general y obligatoria del inmueble. Entender qué régimen aplica a tu comunidad es importante: tres ayuntamientos gallegos han reducido el umbral autonómico, y en esos municipios la obligación nace antes.

    Régimen autonómico general (Ley 1/2019)

    La Ley 1/2019 de Galicia y su reglamento de desarrollo, el Decreto 61/2021 (modificado por Decreto 34/2022), regulan el IEE a nivel autonómico. Aplica a todos los edificios residenciales colectivos con 50 años o más en los municipios que no tengan ordenanza municipal propia. Revisión cada 10 años.

    Se aplica por defecto en: A Coruña, Santiago de Compostela, Ourense, Pontevedra, Ferrol, Narón, Arteixo, Vilagarcía de Arousa, Sanxenxo y todos los municipios gallegos sin ordenanza de IEE propia.

    Las 3 ciudades con ordenanza municipal

    Tres ayuntamientos gallegos se han acogido a la facultad de reducir el umbral del IEE. Detalle ciudad por ciudad:

    CiudadEdad primera IEE
    Vigo40 años
    Lugo40 años
    Cangas do Morrazo30 años (el más estricto de Galicia)

    Cangas do Morrazo es el caso más estricto de Galicia: la IEE es obligatoria a los 30 años de antigüedad. Un edificio construido en 1995 ya lleva obligado desde 2025. En Vigo y Lugo, con umbral de 40 años, los edificios de finales de los años 80 y principios de los 90 ya están obligados.

    Si tu comunidad está en A Coruña, Santiago, Ourense, Pontevedra, Ferrol o cualquier otro municipio sin ordenanza propia, aplica directamente la Ley 1/2019 autonómica a los 50 años.

    Quién la firma y dónde se presenta

    Debe realizarla un arquitecto, arquitecto técnico, aparejador, ingeniero civil o ingeniero de la edificación colegiado. El informe se presenta telemáticamente en el REGIAE (Registro Gallego de Informes de Evaluación del Edificio), accesible en regiae.xunta.gal. Los ayuntamientos con ordenanza propia (Vigo, Lugo, Cangas) mantienen comunicación adicional a través de sus sedes electrónicas.

    Edificios catalogados o protegidos

    Para los edificios catalogados, el Decreto 61/2021 estableció un plazo de 1 año desde la entrada en vigor del decreto para presentar el IEE. Si tu comunidad está en un edificio del Conjunto Histórico de Santiago, el casco vello de A Coruña, de Lugo, de Betanzos o cualquier otro BIC o entorno de BIC, consulta con tu ayuntamiento si estás dentro de plazo.

    Ascensores — la inspección más frecuente

    OCA ascensores (Galicia)

    RD 355/2024 — ITC AEM 1

    Periodicidad

    Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)

    Sanción máxima

    Hasta 30.000 €

    Riesgo adicional

    Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente

    Qué debes tener archivado

    • Certificado de la última OCA
    • Contrato de mantenimiento activo con empresa mantenedora autorizada
    • Libro del ascensor actualizado
    • Pólizas de seguro vigentes

    La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:

    • Cada 4 años — edificios residenciales de uso privado (lo más habitual).
    • Cada 6 años — determinadas tipologías específicas de edificios pequeños.
    • Cada 2 años — ascensores en edificios de pública concurrencia (hoteles, hospitales, centros comerciales).

    Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En Galicia las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria de la Xunta.

    Salvaescaleras y plataformas verticales

    Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. No requieren OCA periódica salvo que así lo indique el fabricante.

    Electricidad, garaje y centros de transformación

    OCA Baja Tensión (Galicia)

    RD 842/2002 REBT

    Periodicidad

    Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Riesgo adicional

    Inscripción obligatoria en el registro de Industria de la Xunta

    El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:

    • Zonas comunes del edificio — OCA cada 5 años si potencia >100 kW.
    • Garaje comunitario — OCA cada 5 años si potencia >25 kW.
    • Piscina comunitaria — OCA cada 5 años si potencia >25 kW.

    La mayoría de comunidades medias-grandes en Galicia (Vigo, A Coruña, Santiago, Ourense) superan uno o varios de estos umbrales por tener garajes o piscinas. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria de la Xunta. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.

    Centro de transformación propio

    Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Es habitual en urbanizaciones grandes de Sanxenxo, Vilagarcía, Baiona, A Coruña y Vigo.

    Puntos de recarga de vehículo eléctrico

    Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. El plan MOVES y las ayudas del INEGA (Instituto Enerxético de Galicia) están impulsando estas instalaciones, por lo que cada vez más comunidades gallegas tienen esta obligación.

    Climatización, gas y gasóleo

    Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.

    Instalaciones térmicas

    RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)

    Periodicidad

    Cada 4 años

    Sanción máxima

    Hasta 30.000 €

    Gas canalizado comunitario

    RD 919/2006

    Periodicidad

    Cada 5 años

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Depósito de gasóleo

    RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03

    Periodicidad

    Cada 10 años

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Gases fluorados

    Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 2.000.000 €

    Protección contra incendios (PCI)

    RIPCI — Protección contra incendios

    RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)

    Periodicidad

    Mensual a decenal según sistema

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)

    El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:

    Extintores

    Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:

    • Revisión anual por empresa mantenedora habilitada.
    • Retimbrado cada 5 años (prueba de presión del cilindro).
    • Sustitución a los 20 años (vida útil máxima).

    BIE (Bocas de Incendio Equipadas)

    Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes grandes. Obligaciones:

    • Revisión trimestral por empresa mantenedora.
    • Revisión anual completa (incluye medición de presión).
    • Prueba hidráulica quinquenal (presión máxima admisible).

    Puertas cortafuegos y alumbrado de emergencia

    Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).

    Detección automática

    Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.

    Otros

    Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.

    Agua, legionella y piscina comunitaria

    Prevención de legionella

    RD 487/2022 + Decreto 9/2001 (Galicia)

    Periodicidad

    Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    Régimen estatal + complemento autonómico gallego

    Prevención de legionella — régimen estatal + autonómico

    El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis en toda España. En Galicia se complementa con el Decreto 9/2001 que regula los requisitos específicos aplicables. En caso de contradicción entre norma estatal y autonómica, prevalece el RD 487/2022.

    Obligaciones para comunidades con agua caliente sanitaria centralizada o sistemas susceptibles:

    • Limpieza y desinfección trimestral del sistema de ACS.
    • Análisis anual de legionella por laboratorio acreditado ENAC.
    • Libro de registro de operaciones.
    • Formación específica del personal de mantenimiento (requisito autonómico).

    Relevante en Galicia: el clima húmedo y las temperaturas suaves generan condiciones favorables para la proliferación de legionella en sistemas de agua estancada o mal mantenidos.

    Depósitos de agua de consumo humano

    Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada.

    Piscina comunitaria (Galicia)

    Decreto 119/2019

    Periodicidad

    Anual + control trimestral del agua

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Piscina comunitaria — el Decreto 119/2019 gallego

    La Xunta de Galicia regula las piscinas comunitarias con el Decreto 119/2019 del 17 de octubre, que aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Galicia. Aplica a piscinas comunitarias de uso colectivo clasificadas como Tipo 3A. Exigencias:

    • Protocolo de autocontrol obligatorio.
    • Libro de registro diario de parámetros del agua (cloro, pH, turbidez, temperatura).
    • Certificado anual de la empresa mantenedora.
    • Control trimestral del agua por laboratorio acreditado ENAC.
    • Socorrista según aforo y superficie.
    • Revisión anual al inicio de temporada (filtros, bombas, dosificadores).

    Los ayuntamientos gallegos y la Consellería de Sanidade realizan inspecciones sin aviso durante la temporada. Sanciones máximas hasta 600.000 € según la Ley General de Salud Pública en casos graves, aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €.

    Control de plagas (DDD)

    Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes.

    CEE, deducción fiscal autonómica y otras obligaciones

    Certificado de Eficiencia Energética (CEE)

    El RD 390/2021 obliga a disponer de CEE en vigor para vender o alquilar. Vigencia 10 años. Se renueva contratando un técnico competente que emite etiqueta energética (A-G). Sanción máxima 6.000 €.

    Deducción fiscal del 15% por mejora energética — Ley 7/2019

    Aquí está una oportunidad que muchos presidentes gallegos desconocen. La Ley 7/2019 de Galicia, complementada por el Decreto 128/2016, establece una deducción autonómica del 15% en el IRPF gallego por las cantidades invertidas en mejoras energéticas derivadas del CEE del edificio. El límite es 9.000 € por contribuyente.

    Requisitos:

    • Tener CEE en vigor del edificio.
    • Que la mejora esté derivada del CEE (reforma motivada por las recomendaciones del certificado).
    • Presentación de facturas por las obras.
    • Declaración del IRPF en Galicia.

    Es una de las deducciones autonómicas más generosas de España en este ámbito. Si tu comunidad está planteando una rehabilitación energética (aislamiento, sustitución de caldera, ventanas, aerotermia...), el CEE puede ser la puerta de entrada a esta deducción para cada vecino.

    Infraestructura Común de Telecomunicaciones (ICT)

    El RD 346/2011 regula la ICT de los edificios (antenas de televisión, cableado estructurado para fibra óptica). Mantenimiento anual por empresa habilitada. Sanción máxima 50.000 €.

    Pararrayos

    Los edificios con sistema de protección contra el rayo se rigen por CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305. Verificación anual. En Galicia son relativamente poco frecuentes en viviendas, más comunes en edificios altos y zonas montañosas (sierras orensanas, serra dos Ancares).

    Ventilación y garaje

    Limpieza anual de conductos de ventilación (CTE DB-HS 3) y mantenimiento anual de la detección de CO en garajes con extracción forzada (UNE-EN 50545-1). Puerta automática del garaje con revisión anual según RD 1644/2008.

    Comprueba qué inspecciones aplican a tu comunidad

    4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.

    Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →

    Calcula las inspecciones obligatorias de tu edificio

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    Te enviaremos el informe aquí. No haremos spam ni cederemos tu email.

    Sanciones por incumplimiento

    Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):

    ÁmbitoSanción máxima
    PCI, legionella, piscinas (D. 119/2019), aljibesHasta 600.000 €
    IEE autonómico (Ley 1/2019)Hasta 90.000 €
    Baja tensión, gas, recarga VEHasta 60.000 €
    Térmicas, ascensoresHasta 30.000 €
    ICT (telecomunicaciones)Hasta 50.000 €
    Gases fluorados (caso grave)Hasta 2.000.000 €
    IEE municipal VigoHasta 6.000 €
    CEEHasta 6.000 €

    En la práctica, las sanciones típicas para comunidades gallegas oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro. Y el bloqueo de ayudas públicas a la rehabilitación de la Xunta penaliza doblemente.

    ¿Necesito esto si ya tengo administrador?

    Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.

    Cómo funciona FincasAlDía

    Paso 1

    Introduces los datos básicos

    15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.

    Paso 2

    El motor cruza la normativa

    Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.

    Paso 3

    Recibes alertas a tiempo

    90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es REGIAE y dónde se consulta el IEE de mi edificio?
    REGIAE es el Registro Gallego de Informes de Evaluación del Edificio, accesible en regiae.xunta.gal. Depende de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de la Xunta de Galicia. En él se inscriben todos los IEE presentados en Galicia. El técnico que firma el IEE se encarga habitualmente de presentar el informe en el registro.
    Mi edificio está en Vigo y tiene 42 años. ¿Me aplica la ordenanza municipal o la Ley 1/2019 autonómica?
    Te aplica la ordenanza municipal de Vigo (2010), que fija la IEE a los 40 años de antigüedad. Tu edificio lleva obligado desde hace 2 años. El régimen autonómico general (50 años) es más laxo, pero en Vigo prevalece la ordenanza municipal.
    Vivo en Cangas do Morrazo. ¿Me aplica el umbral de 30 años?
    Sí. La ordenanza de Cangas do Morrazo reduce el umbral del IEE a los 30 años. Es el régimen más estricto de Galicia. Un edificio construido en 1995 ya está obligado desde 2025. Si tu comunidad aún no ha hecho el IEE, contrata técnico cuanto antes.
    Vivo en Santiago, A Coruña, Ourense, Pontevedra o Ferrol. ¿Me aplica alguna ordenanza?
    No. Estos municipios no tienen ordenanza propia de IEE. Se aplica directamente la Ley 1/2019 autonómica a los 50 años.
    ¿Puedo beneficiarme de la deducción del 15% del IRPF gallego por mejora energética?
    Sí, si se cumplen los requisitos: tener CEE en vigor del edificio, que la mejora esté derivada del CEE (reforma motivada por las recomendaciones del certificado), presentar facturas y declarar el IRPF en Galicia. El límite es de 9.000 € por contribuyente. Es una de las deducciones autonómicas más generosas de España en este ámbito.
    Mi edificio está catalogado como BIC. ¿Tengo plazos especiales?
    Sí. El Decreto 61/2021 estableció un plazo de 1 año desde la entrada en vigor del decreto para que los edificios catalogados presentaran el IEE. Si tu edificio está en el casco vello de Santiago, Lugo, Betanzos, Pontevedra o cualquier otro BIC o entorno de BIC, consulta con tu ayuntamiento si estás dentro de plazo o si hay sanción vigente.
    ¿Cuánto cuesta un IEE en Galicia?
    Entre 400 € y 1.200 € según tamaño del edificio, número de viviendas e instalaciones comunes. Los colegios profesionales gallegos (COAG, COAATG) publican tarifas orientativas. FincasAlDía no encarece el IEE — solo te avisa cuándo vence y archiva el certificado.
    ¿Qué pasa si nunca hemos pasado ninguna inspección?
    Lo más probable es que estéis en incumplimiento de varias normas a la vez. Actuar por iniciativa propia siempre es mejor que esperar a una sanción o un accidente. Empieza haciendo la auditoría gratuita para saber exactamente qué te aplica y en qué orden atacarlo. Suele empezarse por PCI (extintores) e IEE, que son las más frecuentes de ser inspeccionadas por la Administración o aseguradoras.

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    Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro.