IEEV.CV autonómico
Edificios ≥50 años en municipios >25.000 hab.
GUÍA COMUNIDAD VALENCIANA · 2026
40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. IEEV.CV (Decreto 53/2018), ordenanza municipal de Valencia capital, ascensores, electricidad, gas, PCI, legionella, piscinas… Esta guía las reúne todas, por bloques, con periodicidades y fuentes legales.
A tu comunidad le aplican normas de tres niveles distintos que conviven. Entender de dónde viene cada obligación te ayuda a priorizarla y a discutirla con tu administrador o con el técnico de turno.
Reales Decretos del Estado que aplican en toda España. Son los más estables. Cubren ascensores (RD 355/2024), baja tensión (RD 842/2002 REBT), gas (RD 919/2006), protección contra incendios (RD 513/2017 RIPCI), térmicas (RD 1027/2007 RITE), legionella (RD 487/2022), piscinas (RD 742/2013) y otras. En esta guía encontrarás cerca de 40 normativas estatales.
La Comunidad Valenciana regula el IEEV.CV (Informe de Evaluación del Edificio de la Comunidad Valenciana) mediante el Decreto 53/2018 de la Generalitat. Es la versión valenciana de lo que en otras comunidades se llama ITE o IEE. Obligatorio para edificios residenciales colectivos de 50 años o más en municipios de más de 25.000 habitantes. Se presenta en el Registro autonómico de Informes de Evaluación del Edificio de la Generalitat.
Valencia capital tiene Ordenanza Municipal propia de ITE, que mantiene el umbral autonómico (50 años) pero añade procedimiento y plazos específicos municipales. En el resto de municipios valencianos de más de 25.000 habitantes se aplica el IEEV.CV autonómico directamente. En los municipios pequeños (≤25.000 hab.), el IEEV.CV no es obligatorio por la norma autonómica, pero pueden aplicar normativas estatales (RD-ley 7/2019) en determinados supuestos.
Guías específicas de ciudad
Valencia tiene Ordenanza Municipal de ITE propia que desarrolla la Ley 3/2004 de la Generalitat. Si tu comunidad está en Valencia ciudad, consulta la guía específica.
No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje, depósito de gasóleo...). La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.
ESPECÍFICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
IEEV.CV autonómico
Edificios ≥50 años en municipios >25.000 hab.
ITE municipal Valencia
Edificios ≥50 años en Valencia capital
ASCENSORES
OCA ascensor (general)
Todos los ascensores
OCA ascensor (edificios pequeños)
Algunas tipologías
OCA ascensor (pública concurrencia)
Ascensores en edificios públicos
Salvaescaleras / plataforma vertical
Si hay
ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
OCA baja tensión (>100 kW)
Zonas comunes >100 kW
OCA baja tensión garaje (>25 kW)
Garaje >25 kW
OCA baja tensión piscina (>25 kW)
Piscina >25 kW
OCA centro de transformación
Si hay CT propio
OCA recarga vehículo eléctrico
Si hay puntos de recarga
CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO
Inspección instalación térmica
Potencia térmica >70 kW
Inspección gas comunitario
Gas canalizado
Inspección depósito gasóleo
Con depósito
Control fugas gases fluorados
Equipos con F-gas
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)
Extintores (revisión)
Todos los edificios
Extintores (retimbrado)
Todos
BIE (revisión trimestral)
Si hay BIE
BIE (revisión anual)
Si hay BIE
BIE (prueba hidráulica)
Si hay BIE
Columna seca
Si hay
Hidrantes exteriores
Si hay
Detección automática (trimestral)
Si hay
Detección automática (anual)
Si hay
OCA PCI garaje
Garajes
Puertas cortafuegos (EI)
Todos los edificios
Señalización fotoluminiscente
Todos
Alumbrado emergencia (anual)
Todos
OCA alumbrado emergencia
Todos
AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA
Limpieza y desinfección ACS
Sistemas ACS comunitarios
Análisis anual de legionella
Sistemas susceptibles
Limpieza depósitos agua consumo
Aljibes comunitarios
Revisión anual piscina
Si hay piscina
Control agua piscina (laboratorio)
Si hay piscina
Tratamiento DDD
Edificios con zonas comunes susceptibles
OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO
Certificado Eficiencia Energética (CEE)
Todos los edificios
Mantenimiento ICT (telecos)
Edificios con ICT
Pararrayos
Si hay
Limpieza conductos ventilación
Zonas comunes ventiladas
Detección CO en garaje
Garaje con extracción forzada
Puerta garaje automática
Si hay
| Inspección | Cuándo aplica | Periodicidad | Normativa |
|---|---|---|---|
| ESPECÍFICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA | |||
| IEEV.CV autonómico | Edificios ≥50 años en municipios >25.000 hab. | Cada 10 años | Decreto 53/2018 |
| ITE municipal Valencia | Edificios ≥50 años en Valencia capital | Cada 10 años | Ord. Valencia ITE |
| ASCENSORES | |||
| OCA ascensor (general) | Todos los ascensores | Cada 4 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (edificios pequeños) | Algunas tipologías | Cada 6 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (pública concurrencia) | Ascensores en edificios públicos | Cada 2 años | RD 355/2024 |
| Salvaescaleras / plataforma vertical | Si hay | Mantenimiento semestral | RD 203/2016 |
| ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN | |||
| OCA baja tensión (>100 kW) | Zonas comunes >100 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión garaje (>25 kW) | Garaje >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión piscina (>25 kW) | Piscina >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA centro de transformación | Si hay CT propio | Cada 3 años | RD 337/2014 RAT |
| OCA recarga vehículo eléctrico | Si hay puntos de recarga | Cada 5 años | ITC-BT-52 |
| CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO | |||
| Inspección instalación térmica | Potencia térmica >70 kW | Cada 4 años | RD 1027/2007 RITE |
| Inspección gas comunitario | Gas canalizado | Cada 5 años | RD 919/2006 |
| Inspección depósito gasóleo | Con depósito | Cada 10 años | RD 1523/1999 |
| Control fugas gases fluorados | Equipos con F-gas | Anual | Reg. UE 517/2014 |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) | |||
| Extintores (revisión) | Todos los edificios | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Extintores (retimbrado) | Todos | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión trimestral) | Si hay BIE | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión anual) | Si hay BIE | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (prueba hidráulica) | Si hay BIE | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Columna seca | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Hidrantes exteriores | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (trimestral) | Si hay | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (anual) | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| OCA PCI garaje | Garajes | Cada 10 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Puertas cortafuegos (EI) | Todos los edificios | Anual | RD 732/2019 CTE |
| Señalización fotoluminiscente | Todos | Anual | UNE 23033 |
| Alumbrado emergencia (anual) | Todos | Anual | RD 513/2017 + REBT |
| OCA alumbrado emergencia | Todos | Cada 10 años | RD 842/2002 REBT |
| AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA | |||
| Limpieza y desinfección ACS | Sistemas ACS comunitarios | Trimestral | RD 487/2022 |
| Análisis anual de legionella | Sistemas susceptibles | Anual | RD 487/2022 |
| Limpieza depósitos agua consumo | Aljibes comunitarios | Anual | RD 3/2023 |
| Revisión anual piscina | Si hay piscina | Anual (inicio temporada) | RD 742/2013 |
| Control agua piscina (laboratorio) | Si hay piscina | Trimestral | RD 742/2013 |
| Tratamiento DDD | Edificios con zonas comunes susceptibles | Semestral | RD 830/2010 |
| OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO | |||
| Certificado Eficiencia Energética (CEE) | Todos los edificios | Cada 10 años | RD 390/2021 |
| Mantenimiento ICT (telecos) | Edificios con ICT | Anual | RD 346/2011 |
| Pararrayos | Si hay | Anual | CTE DB-SUA 8 |
| Limpieza conductos ventilación | Zonas comunes ventiladas | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Detección CO en garaje | Garaje con extracción forzada | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Puerta garaje automática | Si hay | Anual | RD 1644/2008 |
Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/DOGV) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.
Decreto 53/2018 (Generalitat)
Cada 10 años desde los 50 años de antigüedad
Hasta 90.000 €
Solo aplica en municipios >25.000 hab. · Registro autonómico Conselleria de Vivienda
El IEEV.CV (Informe de Evaluación del Edificio de la Comunidad Valenciana) es la revisión general y obligatoria del edificio que marca el Decreto 53/2018 de la Generalitat. Sustituye en la Comunidad Valenciana a la ITE tradicional. Analiza tres aspectos: estado de conservación del edificio, cumplimiento de condiciones básicas de accesibilidad y evaluación de eficiencia energética.
Es obligatorio para edificios residenciales colectivos de 50 años o más en municipios de más de 25.000 habitantes (Valencia, Alicante, Elche, Castellón, Torrevieja, Orihuela, Gandía, Benidorm, Paterna, Sagunto, y un par de docenas más). La primera IEEV.CV debe realizarse al cumplir el edificio los 50 años, y después cada 10 años.
Debe realizarla un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador competente colegiado en la Comunidad Valenciana. El técnico visita el edificio, lo evalúa y emite el informe. Se presenta telemáticamente en el Registro autonómico de Informes de Evaluación del Edificio de la Generalitat Valenciana, dependiente de la Conselleria de Vivienda.
No exactamente. Son documentos distintos. El IEEV.CV es un informe integral del edificio que incluye un apartado de eficiencia energética que puede sustituir al CEE para determinadas operaciones (solicitud de ayudas, rehabilitaciones), pero no para compraventa o alquiler de vivienda individual (donde el CEE sigue siendo obligatorio por el RD 390/2021). En la práctica, si vas a vender o alquilar, necesitarás los dos.
El Ayuntamiento de Valencia tiene ordenanza propia de ITE que coexiste con el IEEV.CV autonómico. El umbral es el mismo (50 años) pero añade trámites específicos municipales y plazos para presentar el informe al Ayuntamiento. Para el presidente, esto significa que con un único informe técnico se cumplen ambas obligaciones, pero hay dos trámites administrativos: presentación en la Conselleria (Registro autonómico) + comunicación al Ayuntamiento de Valencia. Un técnico habitual conoce ambos trámites y los gestiona por ti.
RD 355/2024 — ITC AEM 1
Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)
Hasta 30.000 €
Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente
Qué debes tener archivado
La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:
Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En la Comunidad Valenciana las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria de la Generalitat.
Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. No requieren OCA periódica salvo que así lo indique el fabricante.
RD 842/2002 REBT
Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)
Hasta 60.000 €
Inscripción obligatoria en el registro de Industria de la Generalitat
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:
La mayoría de comunidades medias-grandes en la costa valenciana (Benidorm, Gandía, Torrevieja, Dénia, Jávea) superan uno o varios de estos umbrales por tener garajes grandes o piscinas. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria de la Generalitat Valenciana. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.
Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Es habitual en urbanizaciones grandes de la costa y en grandes edificios de Valencia capital.
Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. El plan MOVES y las ayudas de la Generalitat están impulsando estas instalaciones, por lo que cada vez más comunidades valencianas tienen esta obligación.
Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.
RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)
Cada 4 años
Hasta 30.000 €
RD 919/2006
Cada 5 años
Hasta 60.000 €
RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03
Cada 10 años
Hasta 60.000 €
Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573
Anual
Hasta 2.000.000 €
RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)
Mensual a decenal según sistema
Hasta 600.000 €
La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)
El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:
Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:
Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes. Obligaciones:
Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).
Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.
Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.
RD 487/2022 (mod. RD 614/2024)
Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)
Hasta 600.000 €
Una de las obligaciones más estrictas en comunidades con ACS centralizada
El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis. Es una de las obligaciones más estrictas en comunidades con agua caliente sanitaria centralizada o sistemas de refrigeración. El clima cálido valenciano hace que los sistemas de ACS y torres de refrigeración sean especialmente vulnerables. Principales exigencias:
Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada. Muy habituales en urbanizaciones de la costa con presión de red insuficiente.
RD 742/2013 estatal + normativa autonómica
Anual + control trimestral del agua
Hasta 600.000 €
El RD 742/2013 estatal regula las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas. La Comunidad Valenciana no tiene decreto autonómico específico de piscinas en vigor, por lo que aplica la normativa estatal directamente, complementada con inspecciones de Salud Pública autonómica. Obligaciones:
La sanción por incumplimientos graves (análisis irregular, falta de socorrista) llega a 600.000 € aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €. En la Comunidad Valenciana las inspecciones de Salud Pública son frecuentes durante la temporada por la alta densidad de piscinas turísticas y residenciales.
Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes — especialmente relevante en la costa por mosquitos y cucarachas.
Cuatro normativas adicionales que aplican según las instalaciones del edificio: certificado energético, ICT, pararrayos y puertas automáticas de garaje.
RD 390/2021
Cada 10 años
Hasta 6.000 €
RD 346/2011
Anual
Hasta 50.000 €
CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305
Anual
—
RD 1644/2008
Anual
Hasta 60.000 €
4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.
Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →
En menos de 30 segundos. Recibirás el informe con todas las obligaciones legales que afectan a tu comunidad en Comunidad Valenciana.
Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):
| Ámbito | Sanción máxima |
|---|---|
| PCI, legionella, piscinas, aljibes | Hasta 600.000 € |
| IEEV.CV incumplimiento grave | Hasta 90.000 € |
| Baja tensión, gas, recarga VE | Hasta 60.000 € |
| Térmicas, ascensores | Hasta 30.000 € |
| ICT (telecomunicaciones) | Hasta 50.000 € |
| Gases fluorados (caso grave) | Hasta 2.000.000 € |
| ITE municipal Valencia | Hasta 6.000 € |
| CEE | Hasta 6.000 € |
En la práctica, las sanciones típicas para comunidades valencianas oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro.
Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.
Paso 1
15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.
Paso 2
Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.
Paso 3
90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.
Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro.
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