Te han pasado las llaves del buzón y la firma de los contratos. Lo que no te han dado es una lista de todo lo que tu edificio tiene que cumplir por ley. Esto está a punto de cambiar.
Descubre las obligaciones de tu edificio — es gratisCatálogo legal
Inspecciones obligatorias por comunidad
Cubrimos todas las inspecciones obligatorias estatales y autonómicas.
Lo más habitual cuando te nombran presidente es una mezcla de tres cosas: no saber por dónde empezar, asumir que el administrador «ya se encarga de todo», y no querer que nada explote en tu primer año.
El problema no es la intención. Es que nadie te ha dado un inventario de lo que tiene que estar al día en tu edificio.
Un ascensor con la revisión vencida, una instalación eléctrica sin certificado o una ITE sin pasar puede costar a la comunidad entre 3.000 € y 60.000 € en sanciones. Y la multa lleva el nombre del presidente.
Según la Ley de Propiedad Horizontal y los reglamentos sectoriales aplicables, el presidente de la comunidad es el representante legal del edificio ante las administraciones. Eso significa que, si la comunidad recibe una sanción por inspección vencida, el expediente administrativo se inicia contra la comunidad en tu nombre.
ITE (Inspección Técnica de Edificios): obligatoria en edificios de más de 45 años en casi toda España. Sanción media por incumplimiento: 6.000–30.000 €.
Ascensores: inspección periódica obligatoria por el RD 355/2024. Si hay accidente con la revisión vencida, el seguro puede no cubrir.
Instalación eléctrica: obligatoria en comunidades con potencia superior a ciertos umbrales según el RD 842/2002. Muchas comunidades la tienen vencida sin saberlo.
Ninguna de estas multas te llegará con aviso previo. Llegan cuando ya han vencido.
Introduces los datos de tu comunidad (año, viviendas, plantas, CCAA y qué instalaciones tiene), y el sistema te devuelve el listado completo de inspecciones obligatorias según la normativa vigente — con periodicidad, condiciones de aplicación y enlace a la norma oficial. No es una guía genérica. Es el cálculo específico para tu edificio.
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Nuestro motor normativo cubre las 19 comunidades autónomas, ordenanzas municipales de las principales ciudades y se actualiza con cada modificación del BOE. Cada obligación lleva enlace a la norma oficial. No prometemos «toda la normativa». Prometemos las inspecciones que la ley exige en edificios con las características que tú nos indiques. Si hay dudas sobre una instalación concreta, te lo decimos.
Uno de nuestros asesores te puede hacer una llamada de 15 minutos. Sin compromiso. Muchos presidentes prefieren entender qué van a ver antes de rellenar nada.
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