ITE Ciudad Autónoma
Edificios ≥50 años, preferentemente residenciales
GUÍA MELILLA · 2026
40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. ITE de la Ciudad Autónoma (Reglamento BOME 2013), piscinas con reglamento propio actualizado en 2017 (Decreto 70/2017), ascensores, electricidad, gas, PCI, legionella… Esta guía las reúne todas, por bloques, con periodicidades y fuentes legales.
A diferencia de las comunidades autónomas peninsulares con tres niveles de normativa, en Melilla conviven solo dos: la estatal y la propia de la Ciudad Autónoma. No existe una capa intermedia de ordenanzas municipales adicionales porque Melilla es a la vez ciudad y entidad autónoma. Esto simplifica el panorama y a la vez hace que el Reglamento de la Ciudad Autónoma sea la pieza clave para entender la ITE.
Reales Decretos del Estado que aplican en toda España. Son los más estables. Cubren ascensores (RD 355/2024), baja tensión (RD 842/2002 REBT), gas (RD 919/2006), protección contra incendios (RD 513/2017 RIPCI), térmicas (RD 1027/2007 RITE), legionella (RD 487/2022), piscinas (RD 742/2013) y otras. En esta guía encontrarás cerca de 40 normativas estatales.
Melilla tiene dos reglamentos propios muy específicos: el Reglamento de Conservación, Rehabilitación e Inspección Técnica de Edificios publicado en el BOME en 2013, que regula la ITE con detalle (contenido en artículos 54-55, periodicidad en art. 56, registro y Libro del Edificio en art. 57); y el Decreto 70/2017 que aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Melilla — más reciente que el de Ceuta y con régimen ajustado al marco actual de salud pública.
No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje, depósito de gasóleo...). La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.
ESPECÍFICO DE MELILLA
ITE Ciudad Autónoma
Edificios ≥50 años, preferentemente residenciales
Libro del Edificio
Edificios sometidos a ITE
Registro de ITE
Tras emisión del IEE
Piscina comunitaria (Melilla)
Comunidades con piscina uso colectivo
ASCENSORES
OCA ascensor (general)
Todos los ascensores
OCA ascensor (edificios pequeños)
Algunas tipologías
OCA ascensor (pública concurrencia)
Ascensores en edificios públicos
Salvaescaleras / plataforma vertical
Si hay
ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
OCA baja tensión (>100 kW)
Zonas comunes >100 kW
OCA baja tensión garaje (>25 kW)
Garaje >25 kW
OCA baja tensión piscina (>25 kW)
Piscina >25 kW
OCA centro de transformación
Si hay CT propio
OCA recarga vehículo eléctrico
Si hay puntos de recarga
CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO
Inspección instalación térmica
Potencia térmica >70 kW
Inspección gas comunitario
Gas canalizado
Inspección depósito gasóleo
Con depósito
Control fugas gases fluorados
Equipos con F-gas
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)
Extintores (revisión)
Todos los edificios
Extintores (retimbrado)
Todos
BIE (revisión trimestral)
Si hay BIE
BIE (revisión anual)
Si hay BIE
BIE (prueba hidráulica)
Si hay BIE
Columna seca
Si hay
Hidrantes exteriores
Si hay
Detección automática (trimestral)
Si hay
Detección automática (anual)
Si hay
OCA PCI garaje
Garajes
Puertas cortafuegos (EI)
Todos los edificios
Señalización fotoluminiscente
Todos
Alumbrado emergencia (anual)
Todos
OCA alumbrado emergencia
Todos
AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA
Limpieza y desinfección ACS
Sistemas ACS comunitarios
Análisis anual de legionella
Sistemas susceptibles
Limpieza depósitos agua consumo
Aljibes comunitarios
Revisión anual piscina
Si hay piscina
Control agua piscina (laboratorio)
Si hay piscina
Tratamiento DDD
Edificios con zonas comunes susceptibles
OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO
Certificado Eficiencia Energética (CEE)
Todos los edificios
Mantenimiento ICT (telecos)
Edificios con ICT
Pararrayos
Si hay
Limpieza conductos ventilación
Zonas comunes ventiladas
Detección CO en garaje
Garaje con extracción forzada
Puerta garaje automática
Si hay
| Inspección | Cuándo aplica | Periodicidad | Normativa |
|---|---|---|---|
| ESPECÍFICO DE MELILLA | |||
| ITE Ciudad Autónoma | Edificios ≥50 años, preferentemente residenciales | Cada 10 años | Reglamento BOME 2013 |
| Libro del Edificio | Edificios sometidos a ITE | Permanente, actualización tras cada inspección | Art. 57 Reglamento Melilla |
| Registro de ITE | Tras emisión del IEE | Inscripción obligatoria | Art. 57 Reglamento Melilla |
| Piscina comunitaria (Melilla) | Comunidades con piscina uso colectivo | Anual + controles continuos | Decreto 70/2017 |
| ASCENSORES | |||
| OCA ascensor (general) | Todos los ascensores | Cada 4 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (edificios pequeños) | Algunas tipologías | Cada 6 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (pública concurrencia) | Ascensores en edificios públicos | Cada 2 años | RD 355/2024 |
| Salvaescaleras / plataforma vertical | Si hay | Mantenimiento semestral | RD 203/2016 |
| ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN | |||
| OCA baja tensión (>100 kW) | Zonas comunes >100 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión garaje (>25 kW) | Garaje >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión piscina (>25 kW) | Piscina >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA centro de transformación | Si hay CT propio | Cada 3 años | RD 337/2014 RAT |
| OCA recarga vehículo eléctrico | Si hay puntos de recarga | Cada 5 años | ITC-BT-52 |
| CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO | |||
| Inspección instalación térmica | Potencia térmica >70 kW | Cada 4 años | RD 1027/2007 RITE |
| Inspección gas comunitario | Gas canalizado | Cada 5 años | RD 919/2006 |
| Inspección depósito gasóleo | Con depósito | Cada 10 años | RD 1523/1999 |
| Control fugas gases fluorados | Equipos con F-gas | Anual | Reg. UE 517/2014 |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) | |||
| Extintores (revisión) | Todos los edificios | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Extintores (retimbrado) | Todos | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión trimestral) | Si hay BIE | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión anual) | Si hay BIE | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (prueba hidráulica) | Si hay BIE | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Columna seca | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Hidrantes exteriores | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (trimestral) | Si hay | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (anual) | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| OCA PCI garaje | Garajes | Cada 10 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Puertas cortafuegos (EI) | Todos los edificios | Anual | RD 732/2019 CTE |
| Señalización fotoluminiscente | Todos | Anual | UNE 23033 |
| Alumbrado emergencia (anual) | Todos | Anual | RD 513/2017 + REBT |
| OCA alumbrado emergencia | Todos | Cada 10 años | RD 842/2002 REBT |
| AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA | |||
| Limpieza y desinfección ACS | Sistemas ACS comunitarios | Trimestral | RD 487/2022 |
| Análisis anual de legionella | Sistemas susceptibles | Anual | RD 487/2022 |
| Limpieza depósitos agua consumo | Aljibes comunitarios | Anual | RD 3/2023 |
| Revisión anual piscina | Si hay piscina | Anual (inicio temporada) | Decreto 70/2017 Melilla |
| Control agua piscina (laboratorio) | Si hay piscina | Trimestral | RD 742/2013 + D. 70/2017 |
| Tratamiento DDD | Edificios con zonas comunes susceptibles | Semestral | RD 830/2010 |
| OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO | |||
| Certificado Eficiencia Energética (CEE) | Todos los edificios | Cada 10 años | RD 390/2021 |
| Mantenimiento ICT (telecos) | Edificios con ICT | Anual | RD 346/2011 |
| Pararrayos | Si hay | Anual | CTE DB-SUA 8 |
| Limpieza conductos ventilación | Zonas comunes ventiladas | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Detección CO en garaje | Garaje con extracción forzada | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Puerta garaje automática | Si hay | Anual | RD 1644/2008 |
Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/BOME) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.
Reglamento BOME 2013
Cada 10 años desde los 50 años de antigüedad
—
Libro del Edificio + Registro ITE obligatorios (art. 57)
Si tu comunidad está en Melilla, la pieza clave es el Reglamento de Conservación, Rehabilitación e Inspección Técnica de Edificios publicado en el BOME en 2013. Es uno de los reglamentos de ITE más detallados de España: enumera explícitamente qué evalúa el informe, dónde se inscribe y qué documentación debe acompañarlo. Conocer estos artículos te ahorra sorpresas durante la inspección.
El Reglamento de la Ciudad Autónoma de Melilla regula la ITE para todos los edificios residenciales con 50 años o más de antigüedad, preferentemente residenciales. Periodicidad: cada 10 años (artículo 56). Sanción máxima por incumplimiento grave: hasta 90.000 €.
Aplica en todo el territorio de la Ciudad Autónoma sin limitación por barrio o sección, dado que Melilla es ciudad única.
Los artículos 54 y 55 del Reglamento detallan los aspectos que debe evaluar el técnico durante la ITE. Es una enumeración exhaustiva que ayuda al presidente a saber qué se está inspeccionando:
Esta enumeración detallada — equivalente a la de Ceuta — facilita al técnico estructurar el informe y al presidente verificar que la inspección ha cubierto todos los puntos. Es más explícito que muchas normativas autonómicas peninsulares.
El artículo 57 del Reglamento establece dos obligaciones documentales conexas:
Sin la inscripción en el Registro, el IEE no es plenamente oponible frente a la administración melillense. El técnico que firma el informe suele encargarse del trámite.
La ITE debe firmarla un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador colegiado. Se presenta ante la Consejería competente de la Ciudad Autónoma de Melilla (Vivienda y Urbanismo). El procedimiento es telemático a través de la sede electrónica del Gobierno de la Ciudad.
RD 355/2024 — ITC AEM 1
Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)
Hasta 30.000 €
Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente
Qué debes tener archivado
La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:
Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En Melilla las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria de la Ciudad Autónoma.
Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. Frecuentes en cascos antiguos rehabilitados de Melilla (centro histórico modernista) donde la accesibilidad ha sido un reto.
RD 842/2002 REBT
Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)
Hasta 60.000 €
Inscripción obligatoria en el registro de Industria de la Ciudad Autónoma
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:
Las comunidades medias-grandes en Melilla superan habitualmente uno o varios de estos umbrales por tener garajes o piscinas. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria de la Ciudad Autónoma. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.
Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal.
Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal.
Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.
RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)
Cada 4 años
Hasta 30.000 €
RD 919/2006
Cada 5 años
Hasta 60.000 €
RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03
Cada 10 años
Hasta 60.000 €
Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573
Anual
Hasta 2.000.000 €
RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)
Mensual a decenal según sistema
Hasta 600.000 €
La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)
El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:
Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:
Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes grandes. Obligaciones:
Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).
Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.
Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.
RD 487/2022 (mod. RD 614/2024)
Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)
Hasta 600.000 €
Una de las obligaciones más estrictas en comunidades con ACS centralizada
El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis en toda España, Melilla incluida. Aplica directamente sin desarrollo específico de la Ciudad Autónoma. Principales exigencias:
Especialmente relevante en Melilla por el clima cálido y la abundancia de instalaciones de ACS centralizada en edificios modernos.
Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada. Habituales en Melilla por la dependencia tradicional de cisternas y aljibes en zonas con presión de red insuficiente.
Decreto 70/2017 (Reglamento Sanitario)
Anual + control trimestral del agua
Hasta 600.000 €
La Ciudad Autónoma de Melilla regula las piscinas comunitarias con el Decreto 70/2017, Reglamento Sanitario de Piscinas de Melilla. Es más reciente que el reglamento ceutí (de 2002) y adapta el régimen de piscinas al marco actual de salud pública. Aplica a todas las piscinas comunitarias clasificadas como uso colectivo. Obligaciones:
Los servicios de Salud Pública de la Ciudad Autónoma realizan inspecciones sin aviso durante la temporada. Sanciones máximas hasta 600.000 € según la Ley General de Salud Pública en casos graves, aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €.
Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes — relevante en Melilla por el clima cálido y la presencia de vectores.
Cuatro normativas adicionales que aplican según las instalaciones del edificio: certificado energético, ICT, pararrayos y puertas automáticas de garaje.
RD 390/2021
Cada 10 años
Hasta 6.000 €
RD 346/2011
Anual
Hasta 50.000 €
CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305
Anual
—
RD 1644/2008
Anual
Hasta 60.000 €
4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.
Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →
En menos de 30 segundos. Recibirás el informe con todas las obligaciones legales que afectan a tu comunidad en Melilla.
Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):
| Ámbito | Sanción máxima |
|---|---|
| PCI, legionella, piscinas (D. 70/2017), aljibes | Hasta 600.000 € |
| ITE Melilla (Reglamento BOME 2013) | Hasta 90.000 € |
| Baja tensión, gas, recarga VE | Hasta 60.000 € |
| Térmicas, ascensores | Hasta 30.000 € |
| ICT (telecomunicaciones) | Hasta 50.000 € |
| Gases fluorados (caso grave) | Hasta 2.000.000 € |
| CEE | Hasta 6.000 € |
En la práctica, las sanciones típicas para comunidades melillenses oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro.
Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.
Paso 1
15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.
Paso 2
Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.
Paso 3
90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.
Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro, sin tarjeta.
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