ITE autonómica
Edificios ≥80 años (salvo ciudades con ordenanza)
GUÍA CANARIAS · 2026
40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. La normativa autonómica es la más laxa de España (Ley 4/2017 LSENPC, 80 años), pero dos capitales son mucho más estrictas: La Laguna exige ITE desde los 25 años, y Las Palmas de Gran Canaria tiene un sistema único, la ITF de fachadas, obligatoria desde los 10 años. Esta guía las reúne todas, por bloques.
En Canarias, la diferencia entre la normativa autonómica y las ordenanzas municipales es la más extrema de España. La ley autonómica permite esperar hasta los 80 años para hacer la primera ITE, pero si tu comunidad está en La Laguna o Las Palmas de Gran Canaria, las obligaciones empiezan mucho antes y se llaman incluso de forma distinta. Saber qué aplica a tu municipio concreto es crítico.
En el resto de municipios canarios (Santa Cruz de Tenerife, Telde, Arona, San Bartolomé de Tirajana, Adeje, La Orotava, Arrecife y todos los demás) se aplica directamente el régimen autonómico de 80 años de la Ley 4/2017 LSENPC.
Guías específicas de ciudad
Las dos capitales canarias tienen regímenes únicos en España: Las Palmas de GC con sistema ITF de fachadas (10 años) y La Laguna con ITE municipal a 25 años en todo el término. Consulta la guía específica de tu ciudad.
Sistema ITF (Inspección Técnica de Fachadas) único en España. Edificios >10 años por salinidad y vientos alisios.
Ver guía completa de Las Palmas de Gran CanariaITE municipal a 25 años en todo el término (Patrimonio de la Humanidad UNESCO 1999). Mucho más estricto que el régimen autonómico canario.
Ver guía completa de San Cristóbal de La LagunaNo todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje...) y del municipio. La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.
ESPECÍFICO DE CANARIAS
ITE autonómica
Edificios ≥80 años (salvo ciudades con ordenanza)
ITE municipal La Laguna
Edificios ≥25 años en La Laguna
ITF Las Palmas de GC (fachadas)
Edificios ≥10 años en Las Palmas GC
Piscina comunitaria (Canarias)
Comunidades con piscina (Tipo 3A)
ASCENSORES
OCA ascensor (general)
Todos los ascensores
OCA ascensor (edificios pequeños)
Algunas tipologías
OCA ascensor (pública concurrencia)
Ascensores en edificios públicos
Salvaescaleras / plataforma vertical
Si hay
ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
OCA baja tensión (>100 kW)
Zonas comunes >100 kW
OCA baja tensión garaje (>25 kW)
Garaje >25 kW
OCA baja tensión piscina (>25 kW)
Piscina >25 kW
OCA centro de transformación
Si hay CT propio
OCA recarga vehículo eléctrico
Si hay puntos de recarga
CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO
Inspección instalación térmica
Potencia térmica >70 kW
Inspección gas comunitario
Gas canalizado
Inspección depósito gasóleo
Con depósito
Control fugas gases fluorados
Equipos con F-gas
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)
Extintores (revisión)
Todos los edificios
Extintores (retimbrado)
Todos
BIE (revisión trimestral)
Si hay BIE
BIE (revisión anual)
Si hay BIE
BIE (prueba hidráulica)
Si hay BIE
Columna seca
Si hay
Hidrantes exteriores
Si hay
Detección automática (trimestral)
Si hay
Detección automática (anual)
Si hay
OCA PCI garaje
Garajes
Puertas cortafuegos (EI)
Todos los edificios
Señalización fotoluminiscente
Todos
Alumbrado emergencia (anual)
Todos
OCA alumbrado emergencia
Todos
AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA
Limpieza y desinfección ACS
Sistemas ACS comunitarios
Análisis anual de legionella
Sistemas susceptibles
Limpieza depósitos agua consumo
Aljibes comunitarios
Revisión anual piscina
Si hay piscina
Control agua piscina (laboratorio)
Si hay piscina
Tratamiento DDD
Edificios con zonas comunes susceptibles
OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO
Certificado Eficiencia Energética (CEE)
Todos los edificios
Mantenimiento ICT (telecos)
Edificios con ICT
Pararrayos
Si hay
Limpieza conductos ventilación
Zonas comunes ventiladas
Detección CO en garaje
Garaje con extracción forzada
Puerta garaje automática
Si hay
| Inspección | Cuándo aplica | Periodicidad | Normativa |
|---|---|---|---|
| ESPECÍFICO DE CANARIAS | |||
| ITE autonómica | Edificios ≥80 años (salvo ciudades con ordenanza) | Cada 20 años | Ley 4/2017 LSENPC |
| ITE municipal La Laguna | Edificios ≥25 años en La Laguna | Cada 10 años | Ord. La Laguna 2015 |
| ITF Las Palmas de GC (fachadas) | Edificios ≥10 años en Las Palmas GC | Cada 10 años | Ord. ITF Las Palmas GC |
| Piscina comunitaria (Canarias) | Comunidades con piscina (Tipo 3A) | Anual + RPUCC | D. 212/2005 + 119/2010 |
| ASCENSORES | |||
| OCA ascensor (general) | Todos los ascensores | Cada 4 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (edificios pequeños) | Algunas tipologías | Cada 6 años | RD 355/2024 |
| OCA ascensor (pública concurrencia) | Ascensores en edificios públicos | Cada 2 años | RD 355/2024 |
| Salvaescaleras / plataforma vertical | Si hay | Mantenimiento semestral | RD 203/2016 |
| ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN | |||
| OCA baja tensión (>100 kW) | Zonas comunes >100 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión garaje (>25 kW) | Garaje >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA baja tensión piscina (>25 kW) | Piscina >25 kW | Cada 5 años | RD 842/2002 REBT |
| OCA centro de transformación | Si hay CT propio | Cada 3 años | RD 337/2014 RAT |
| OCA recarga vehículo eléctrico | Si hay puntos de recarga | Cada 5 años | ITC-BT-52 |
| CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO | |||
| Inspección instalación térmica | Potencia térmica >70 kW | Cada 4 años | RD 1027/2007 RITE |
| Inspección gas comunitario | Gas canalizado | Cada 5 años | RD 919/2006 |
| Inspección depósito gasóleo | Con depósito | Cada 10 años | RD 1523/1999 |
| Control fugas gases fluorados | Equipos con F-gas | Anual | Reg. UE 517/2014 |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) | |||
| Extintores (revisión) | Todos los edificios | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Extintores (retimbrado) | Todos | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión trimestral) | Si hay BIE | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (revisión anual) | Si hay BIE | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| BIE (prueba hidráulica) | Si hay BIE | Cada 5 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Columna seca | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Hidrantes exteriores | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (trimestral) | Si hay | Cada 3 meses | RD 513/2017 RIPCI |
| Detección automática (anual) | Si hay | Anual | RD 513/2017 RIPCI |
| OCA PCI garaje | Garajes | Cada 10 años | RD 513/2017 RIPCI |
| Puertas cortafuegos (EI) | Todos los edificios | Anual | RD 732/2019 CTE |
| Señalización fotoluminiscente | Todos | Anual | UNE 23033 |
| Alumbrado emergencia (anual) | Todos | Anual | RD 513/2017 + REBT |
| OCA alumbrado emergencia | Todos | Cada 10 años | RD 842/2002 REBT |
| AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA | |||
| Limpieza y desinfección ACS | Sistemas ACS comunitarios | Trimestral | RD 487/2022 |
| Análisis anual de legionella | Sistemas susceptibles | Anual | RD 487/2022 |
| Limpieza depósitos agua consumo | Aljibes comunitarios | Anual | RD 3/2023 |
| Revisión anual piscina | Si hay piscina | Anual (inicio temporada) | D. 119/2010 |
| Control agua piscina (laboratorio) | Si hay piscina | Trimestral | RD 742/2013 + D. 119/2010 |
| Tratamiento DDD | Edificios con zonas comunes susceptibles | Semestral | RD 830/2010 |
| OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO | |||
| Certificado Eficiencia Energética (CEE) | Todos los edificios | Cada 10 años | RD 390/2021 |
| Mantenimiento ICT (telecos) | Edificios con ICT | Anual | RD 346/2011 |
| Pararrayos | Si hay | Anual | CTE DB-SUA 8 |
| Limpieza conductos ventilación | Zonas comunes ventiladas | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Detección CO en garaje | Garaje con extracción forzada | Anual | CTE DB-HS 3 |
| Puerta garaje automática | Si hay | Anual | RD 1644/2008 |
Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/BOC) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.
Ley 4/2017 LSENPC
Cada 20 años desde los 80 años de antigüedad
—
Régimen autonómico más laxo de España. La Laguna (≥25 años) y Las Palmas GC (ITF ≥10 años) tienen ordenanzas municipales mucho más estrictas
Si tu comunidad está en Canarias, la primera pregunta clave es: ¿en qué municipio? Porque la diferencia entre la norma autonómica (la más laxa de España) y las dos ordenanzas municipales estrictas (La Laguna y Las Palmas) es de 70 años en algunos casos. Un edificio de 30 años en San Cristóbal de La Laguna lleva 5 años obligado, mientras que el mismo edificio en Santa Cruz de Tenerife (capital, sin ordenanza propia) no tendrá obligación hasta cumplir 80.
La Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC) regula la ITE a nivel autonómico. El primer informe es obligatorio a los 80 años de antigüedad, con periodicidad de 20 años. Es la normativa autonómica más laxa del Estado, lo que se explica en parte por la antigüedad media del parque edificatorio canario (mucho más reciente que el de la Península) y por el modelo turístico-residencial de las islas.
Aplica por defecto en: Santa Cruz de Tenerife, Telde, Arona, San Bartolomé de Tirajana, Adeje, La Orotava, Arrecife, Puerto del Rosario, Granadilla de Abona y todos los municipios canarios sin ordenanza propia.
El Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna tiene Ordenanza Municipal de ITE desde 2015 que es mucho más estricta que la autonómica: aplica a TODO el término municipal (no solo el Conjunto Histórico, contrariamente a lo que muchos creen) para edificaciones con antigüedad superior a 25 años, con periodicidad de 10 años.
Esto significa que en La Laguna, un edificio construido en 2000 debería haber pasado su primera ITE en 2025. Si tu comunidad está allí y nunca ha hecho ITE, probablemente esté en incumplimiento. La ordenanza distingue tres niveles de sanción: muy grave 1.501-3.000 €, grave 600-1.500 €, leve 60-599 €. La sanción máxima por la normativa autonómica supletoria llega a 90.000 €.
Las Palmas de Gran Canaria tiene un sistema único en España: en lugar de una ITE genérica, exige una ITF (Inspección Técnica de Fachadas) obligatoria para todos los edificios de más de 10 años, con periodicidad de 10 años. La ITF se centra específicamente en el estado de las fachadas: estanqueidad, desprendimientos, anclajes de elementos voladizos, balcones, revestimientos.
La justificación es local: los edificios de Las Palmas de Gran Canaria sufren mucho la combinación de salitre, viento marino y exposición solar, y los desprendimientos de fachada han sido un problema histórico de seguridad ciudadana. La ITF prioriza ese aspecto sobre la inspección general del edificio.
Adicionalmente, Las Palmas regula una ITI (Inspección Técnica de Interiores y Estructuras) que solo es obligatoria si el Ayuntamiento la requiere expresamente a una comunidad concreta, generalmente tras detectar problemas estructurales o tras una ITF desfavorable. No es un trámite periódico universal.
En todos los casos (autonómica, La Laguna, Las Palmas), la inspección debe firmarla un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador colegiado. La ITE autonómica se presenta ante el Ayuntamiento correspondiente. La ITE de La Laguna y la ITF de Las Palmas tienen procedimientos municipales propios a través de la sede electrónica de cada Ayuntamiento.
El Ayuntamiento (o el Cabildo, según competencia) puede abrir expediente con plazo para presentarla. Las sanciones por incumplimiento varían según la ordenanza concreta. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin ITE/ITF al día en La Laguna o Las Palmas puede ver cuestionada la cobertura de un siniestro en fachada o estructura.
RD 355/2024 — ITC AEM 1
Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)
Hasta 30.000 €
Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente
Qué debes tener archivado
La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:
Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En Canarias las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria del Gobierno de Canarias (servicios provinciales en Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife).
Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. No requieren OCA periódica salvo que así lo indique el fabricante.
RD 842/2002 REBT
Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)
Hasta 60.000 €
Inscripción obligatoria en el registro de Industria del Gobierno de Canarias
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:
La mayoría de comunidades medias-grandes en Canarias (urbanizaciones de la costa, edificios altos de Las Palmas y Santa Cruz, complejos turístico-residenciales del sur de Tenerife y Gran Canaria) superan uno o varios de estos umbrales. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria del Gobierno de Canarias. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.
Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Es habitual en urbanizaciones grandes del sur de Tenerife y Gran Canaria, así como en complejos hotelero-residenciales.
Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. El plan MOVES y las ayudas del Gobierno de Canarias (estrategia canaria de electromovilidad) están impulsando estas instalaciones, por lo que cada vez más comunidades canarias tienen esta obligación.
Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.
RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)
Cada 4 años
Hasta 30.000 €
RD 919/2006
Cada 5 años
Hasta 60.000 €
RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03
Cada 10 años
Hasta 60.000 €
Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573
Anual
Hasta 2.000.000 €
RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)
Mensual a decenal según sistema
Hasta 600.000 €
La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)
El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:
Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:
Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes grandes. Obligaciones:
Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).
Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.
Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.
RD 487/2022 (mod. RD 614/2024)
Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)
Hasta 600.000 €
Una de las obligaciones más estrictas en comunidades con ACS centralizada
El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis en toda España. En Canarias se aplica directamente el RD estatal sin desarrollo autonómico específico. Principales exigencias:
Especialmente relevante en Canarias por el clima cálido durante todo el año y la abundancia de instalaciones de ACS centralizada en complejos turístico-residenciales — condiciones que favorecen la proliferación de legionella si no se mantienen bien los sistemas.
Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada. Muy habituales en Canarias por la histórica escasez de agua y la dependencia de suministro intermitente en algunas zonas: prácticamente todas las urbanizaciones tienen aljibe propio.
Decretos 212/2005 + 119/2010
Anual + control trimestral del agua
Hasta 600.000 €
Inscripción obligatoria en el RPUCC (Registro de Piscinas de Uso Colectivo de Canarias)
El Gobierno de Canarias regula las piscinas comunitarias con el Decreto 212/2005, modificado por el Decreto 119/2010 que aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de Canarias. Aplica a todas las piscinas comunitarias clasificadas como Tipo 3A. Exigencias:
Los ayuntamientos canarios y la Consejería de Sanidad realizan inspecciones sin aviso. Sanciones máximas hasta 600.000 € en casos graves según la Ley General de Salud Pública, aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €. Las piscinas residenciales de complejos turístico-residenciales (muy comunes en el sur de Tenerife y Gran Canaria) están bajo vigilancia especial por el volumen de bañistas.
Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes — especialmente relevante en Canarias por la presencia de cucarachas tropicales y otros vectores favorecidos por el clima.
Cuatro normativas adicionales que aplican según las instalaciones del edificio: certificado energético, ICT, pararrayos y puertas automáticas de garaje.
RD 390/2021
Cada 10 años
Hasta 6.000 €
RD 346/2011
Anual
Hasta 50.000 €
CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305
Anual
—
RD 1644/2008
Anual
Hasta 60.000 €
4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.
Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →
En menos de 30 segundos. Recibirás el informe con todas las obligaciones legales que afectan a tu comunidad en Canarias.
Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):
| Ámbito | Sanción máxima |
|---|---|
| PCI, legionella, piscinas (D. 119/2010), aljibes | Hasta 600.000 € |
| ITE autonómica, ITE La Laguna, ITF Las Palmas | Hasta 90.000 € |
| Baja tensión, gas, recarga VE | Hasta 60.000 € |
| Térmicas, ascensores | Hasta 30.000 € |
| ICT (telecomunicaciones) | Hasta 50.000 € |
| Gases fluorados (caso grave) | Hasta 2.000.000 € |
| ITE La Laguna (graduada) | 60-3.000 € (leve / grave / muy grave) |
| CEE | Hasta 6.000 € |
En la práctica, las sanciones típicas para comunidades canarias oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro. En La Laguna y Las Palmas, la falta de ITE/ITF puede incluso bloquear obras o licencias.
Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.
Paso 1
15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.
Paso 2
Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.
Paso 3
90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.
Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro.
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