GUÍA CASTILLA Y LEÓN · 2026

    Inspecciones obligatorias en comunidades de vecinos en Castilla y León

    40 inspecciones obligatorias que la ley exige a tu comunidad. ITE autonómica (Decreto 6/2016) a partir de los 40 años — más estricta que la media — con un sistema escalonado por población único en España. Registro REGITECyL, ascensores, electricidad, gas, PCI, legionella, piscinas… Esta guía las reúne todas.

    Las 3 capas de normativa que afectan a tu comunidad en Castilla y León

    A tu comunidad le aplican normas de tres niveles distintos que conviven. Castilla y León tiene una particularidad importante: el sistema escalonado de ITE por población del municipio, único en España, que hace que la obligación dependa no solo de la edad del edificio sino también del tamaño del municipio donde está. Saber qué nivel te aplica es la primera decisión clave.

    Normativa estatal

    Reales Decretos del Estado que aplican en toda España. Son los más estables. Cubren ascensores (RD 355/2024), baja tensión (RD 842/2002 REBT), gas (RD 919/2006), protección contra incendios (RD 513/2017 RIPCI), térmicas (RD 1027/2007 RITE), legionella (RD 487/2022), piscinas (RD 742/2013) y otras. En esta guía encontrarás cerca de 40 normativas estatales.

    Normativa autonómica castellano-leonesa

    Castilla y León regula la ITE mediante el Decreto 6/2016 y la Ley 5/1999 de Urbanismo. Establece el umbral más estricto que la media autonómica española: la primera ITE es a los 40 años de antigüedad (frente a los 50 de la mayoría de CCAA), con periodicidad de 10 años. Pero la peculiaridad clave es el sistema escalonado por población: la obligación cambia según el tamaño del municipio donde esté tu edificio. El registro autonómico es REGITECyL (regitecyl.es).

    Ordenanzas municipales

    En Castilla y León los ayuntamientos pueden establecer ordenanzas de inspección más estrictas que el régimen autonómico, pero a fecha de 2026 no hay ordenanzas municipales relevantes que modifiquen el régimen general en las grandes capitales (Valladolid, León, Salamanca, Burgos). Aplica directamente el Decreto 6/2016 con sus 3 niveles según población del municipio.

    Tabla resumen: las 40 inspecciones que pueden aplicarte

    No todas aplican a la vez. Dependen de las instalaciones de tu edificio (si tiene ascensor, caldera central, piscina, garaje...) y del tamaño del municipio (clave para la ITE en Castilla y León). La auditoría gratuita filtra las que realmente aplican a tu comunidad concreta.

    ESPECÍFICO DE CASTILLA Y LEÓN

    ITE completa

    Edificios ≥40 años en municipios ≥20.000 hab.

    Cada 10 años·D. 6/2016 + Ley 5/1999

    ITE parcial

    Edificios ≥40 años no unifamiliares en municipios 5.000-19.999 hab.

    Cada 10 años·D. 6/2016 + Ley 5/1999

    ASCENSORES

    OCA ascensor (general)

    Todos los ascensores

    Cada 4 años·RD 355/2024

    OCA ascensor (edificios pequeños)

    Algunas tipologías

    Cada 6 años·RD 355/2024

    OCA ascensor (pública concurrencia)

    Ascensores en edificios públicos

    Cada 2 años·RD 355/2024

    Salvaescaleras / plataforma vertical

    Si hay

    Mantenimiento semestral·RD 203/2016

    ELECTRICIDAD Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN

    OCA baja tensión (>100 kW)

    Zonas comunes >100 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA baja tensión garaje (>25 kW)

    Garaje >25 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA baja tensión piscina (>25 kW)

    Piscina >25 kW

    Cada 5 años·RD 842/2002 REBT

    OCA centro de transformación

    Si hay CT propio

    Cada 3 años·RD 337/2014 RAT

    OCA recarga vehículo eléctrico

    Si hay puntos de recarga

    Cada 5 años·ITC-BT-52

    CLIMATIZACIÓN, GAS Y GASÓLEO

    Inspección instalación térmica

    Potencia térmica >70 kW

    Cada 4 años·RD 1027/2007 RITE

    Inspección gas comunitario

    Gas canalizado

    Cada 5 años·RD 919/2006

    Inspección depósito gasóleo

    Con depósito

    Cada 10 años·RD 1523/1999

    Control fugas gases fluorados

    Equipos con F-gas

    Anual·Reg. UE 517/2014

    PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI)

    Extintores (revisión)

    Todos los edificios

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Extintores (retimbrado)

    Todos

    Cada 5 años·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (revisión trimestral)

    Si hay BIE

    Cada 3 meses·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (revisión anual)

    Si hay BIE

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    BIE (prueba hidráulica)

    Si hay BIE

    Cada 5 años·RD 513/2017 RIPCI

    Columna seca

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Hidrantes exteriores

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    Detección automática (trimestral)

    Si hay

    Cada 3 meses·RD 513/2017 RIPCI

    Detección automática (anual)

    Si hay

    Anual·RD 513/2017 RIPCI

    OCA PCI garaje

    Garajes

    Cada 10 años·RD 513/2017 RIPCI

    Puertas cortafuegos (EI)

    Todos los edificios

    Anual·RD 732/2019 CTE

    Señalización fotoluminiscente

    Todos

    Anual·UNE 23033

    Alumbrado emergencia (anual)

    Todos

    Anual·RD 513/2017 + REBT

    OCA alumbrado emergencia

    Todos

    Cada 10 años·RD 842/2002 REBT

    AGUA, LEGIONELLA Y PISCINA

    Limpieza y desinfección ACS

    Sistemas ACS comunitarios

    Trimestral·RD 487/2022

    Análisis anual de legionella

    Sistemas susceptibles

    Anual·RD 487/2022

    Limpieza depósitos agua consumo

    Aljibes comunitarios

    Anual·RD 3/2023

    Revisión anual piscina

    Si hay piscina

    Anual (inicio temporada)·RD 742/2013

    Control agua piscina (laboratorio)

    Si hay piscina

    Trimestral·RD 742/2013

    Tratamiento DDD

    Edificios con zonas comunes susceptibles

    Semestral·RD 830/2010

    OTRAS OBLIGACIONES DEL EDIFICIO

    Certificado Eficiencia Energética (CEE)

    Todos los edificios

    Cada 10 años·RD 390/2021

    Mantenimiento ICT (telecos)

    Edificios con ICT

    Anual·RD 346/2011

    Pararrayos

    Si hay

    Anual·CTE DB-SUA 8

    Limpieza conductos ventilación

    Zonas comunes ventiladas

    Anual·CTE DB-HS 3

    Detección CO en garaje

    Garaje con extracción forzada

    Anual·CTE DB-HS 3

    Puerta garaje automática

    Si hay

    Anual·RD 1644/2008

    Las sanciones máximas (hasta 600.000 €) aplican en casos graves y con agravantes. Las sanciones reales típicas son de 500 a 10.000 €. Las fuentes oficiales (BOE/BOCYL) están enlazadas en cada inspección del motor FincasAlDía.

    ITE Castilla y León — el sistema escalonado por población

    ITE Castilla y León

    Decreto 6/2016 + Ley 5/1999 de Urbanismo

    Periodicidad

    Cada 10 años desde los 40 años de antigüedad

    Sanción máxima

    Riesgo adicional

    Sistema escalonado por población · ITE completa en municipios ≥20.000 hab. · ITE parcial en 5.000-19.999 hab. · Registro REGITECyL

    El régimen de ITE de Castilla y León (Decreto 6/2016 + Ley 5/1999) es único en España por dos razones: el umbral de antigüedad es más estricto que la media (40 años en lugar de los 50 habituales) y la obligación se aplica con un sistema escalonado en 3 niveles según la población del municipio. No es lo mismo estar en Valladolid que en un pueblo de Soria de 800 habitantes.

    Los 3 niveles del sistema escalonado

    El Decreto 6/2016 distingue tres categorías de municipios según su población. Te lo presentamos de mayor a menor exigencia:

    NivelTipo de ITE
    Nivel 1 — ITE completaInspección completa del edificio
    Nivel 2 — ITE parcialInspección parcial limitada
    Nivel 3 — Sin obligación periódicaNo hay ITE periódica autonómica

    Nivel 1 — ITE completa (capital y ciudades grandes). Aplica en las 9 capitales de provincia (Valladolid, León, Burgos, Salamanca, Palencia, Zamora, Ávila, Segovia, Soria), Ponferrada, Aranda de Duero, Miranda de Ebro, Medina del Campo y otros municipios mayores. La ITE evalúa estado estructural, instalaciones comunes, accesibilidad y eficiencia energética. Es el régimen más exigente.

    Nivel 2 — ITE parcial (municipios medianos). Aplica solo a edificios residenciales no unifamiliares (es decir, edificios plurifamiliares). Las viviendas unifamiliares quedan excluidas en este nivel. La inspección es más limitada en alcance que la completa. Aplica en municipios de tamaño medio que cumplan el umbral poblacional o tengan PGOU.

    Nivel 3 — Sin obligación periódica (municipios pequeños). En los miles de pueblos castellano-leoneses con menos de 5.000 habitantes (la mayoría del territorio rural), no hay ITE periódica obligatoria autonómica. Aplica solo el deber genérico de conservación de la Ley 5/1999. El ayuntamiento puede ordenar inspección puntual si detecta problemas, pero no hay calendario periódico.

    Por qué este sistema es único

    Castilla y León es la única CCAA de España que aplica un sistema de ITE diferenciada por tamaño del municipio en 3 niveles. Otras CCAA usan umbrales binarios simples (Valencia: solo ≥25.000 hab.), o aplican régimen único a todo el territorio (Cataluña, Galicia). La razón es geográfica: Castilla y León tiene la mayor dispersión poblacional rural de España, con miles de municipios pequeños donde una ITE periódica obligatoria sería desproporcionada.

    Quién la firma y dónde se presenta

    En todos los casos, la inspección debe firmarla un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador colegiado. El informe se presenta telemáticamente en el REGITECyL (Registro de la Inspección Técnica de Construcciones de Castilla y León), accesible en regitecyl.es. Los ayuntamientos tienen acceso compartido al registro.

    Resultado posible

    • Favorable — el edificio está en condiciones adecuadas. Próxima ITE a los 10 años.
    • Favorable con deficiencias — defectos menores a corregir en plazo (obras de mantenimiento ordinario).
    • Desfavorable — deficiencias importantes. Obligación de ejecutar obras en el plazo indicado.

    Ascensores — la inspección más frecuente

    OCA ascensores (Castilla y León)

    RD 355/2024 — ITC AEM 1

    Periodicidad

    Cada 4 años (residencial) / cada 6 (pequeños) / cada 2 (pública concurrencia)

    Sanción máxima

    Hasta 30.000 €

    Riesgo adicional

    Paralización del ascensor · Responsabilidad del presidente

    Qué debes tener archivado

    • Certificado de la última OCA
    • Contrato de mantenimiento activo con empresa mantenedora autorizada
    • Libro del ascensor actualizado
    • Pólizas de seguro vigentes

    La inspección periódica del ascensor se regula desde 2024 por el Real Decreto 355/2024 (ITC AEM 1), que sustituye al RD 88/2013. La periodicidad de la OCA (Organismo de Control Autorizado) varía según el uso del edificio:

    • Cada 4 años — edificios residenciales de uso privado (lo más habitual).
    • Cada 6 años — determinadas tipologías específicas de edificios pequeños.
    • Cada 2 años — ascensores en edificios de pública concurrencia (hoteles, hospitales, centros comerciales).

    Esta inspección es distinta del mantenimiento mensual o trimestral que realiza la empresa mantenedora (Otis, Schindler, Kone, etc.). La empresa mantenedora te garantiza que funciona; la OCA certifica que cumple la normativa. En Castilla y León las OCAs autorizadas están inscritas en el registro de Industria de la Junta.

    Salvaescaleras y plataformas verticales

    Las plataformas salvaescaleras y elevadoras verticales se rigen por el RD 203/2016 y exigen mantenimiento semestral por empresa habilitada. Frecuentes en cascos antiguos rehabilitados de Salamanca, Segovia, Ávila y otras capitales con conjuntos históricos protegidos.

    Electricidad, garaje y centros de transformación

    OCA Baja Tensión (Castilla y León)

    RD 842/2002 REBT

    Periodicidad

    Cada 5 años (zonas comunes >100 kW · garaje >25 kW · piscina >25 kW)

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Riesgo adicional

    Inscripción obligatoria en el registro de Industria de la Junta

    El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) obliga a pasar una OCA quinquenal a las instalaciones eléctricas de tu edificio cuando su potencia instalada supera ciertos umbrales:

    • Zonas comunes del edificio — OCA cada 5 años si potencia >100 kW.
    • Garaje comunitario — OCA cada 5 años si potencia >25 kW.
    • Piscina comunitaria — OCA cada 5 años si potencia >25 kW.

    Las comunidades medias-grandes en Valladolid, León, Burgos, Salamanca y otras capitales superan habitualmente uno o varios de estos umbrales. La OCA la realiza un Organismo de Control Autorizado inscrito en el registro de Industria de la Junta. Sanción por incumplimiento hasta 60.000 €.

    Centro de transformación propio

    Si tu comunidad tiene un centro de transformación propio (CT) para alimentar los ascensores o la piscina, aplica el RD 337/2014 (Reglamento de Alta Tensión) con OCA trienal. Habitual en urbanizaciones grandes y edificios de gran tamaño en las capitales y en complejos residenciales del extrarradio (Arroyo de la Encomienda, Boecillo, San Andrés del Rabanedo).

    Puntos de recarga de vehículo eléctrico

    Si tu comunidad ha instalado puntos de recarga para coches eléctricos, aplica la ITC-BT-52 del REBT con OCA quinquenal. El plan MOVES y las ayudas autonómicas del EREN (Ente Regional de la Energía de Castilla y León) están impulsando estas instalaciones, por lo que cada vez más comunidades castellano-leonesas tienen esta obligación.

    Climatización, gas y gasóleo

    Cuatro regímenes con potencias, periodicidades y sanciones muy distintas. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican según el edificio.

    Instalaciones térmicas

    RD 1027/2007 RITE (mod. RD 178/2021)

    Periodicidad

    Cada 4 años

    Sanción máxima

    Hasta 30.000 €

    Gas canalizado comunitario

    RD 919/2006

    Periodicidad

    Cada 5 años

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Depósito de gasóleo

    RD 1523/1999 + ITC MI-IP 03

    Periodicidad

    Cada 10 años

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Gases fluorados

    Reg. UE 517/2014 + Reg. UE 2024/573

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 2.000.000 €

    Protección contra incendios (PCI)

    RIPCI — Protección contra incendios

    RD 513/2017 (mod. RD 164/2025)

    Periodicidad

    Mensual a decenal según sistema

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    La sanción máxima aplica en caso grave (siniestro con víctimas)

    El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017 RIPCI, modificado por RD 164/2025) es la norma más extensa y con más revisiones obligatorias. Regula casi una decena de sistemas, cada uno con sus propias periodicidades. Las más habituales en comunidades de propietarios:

    Extintores

    Todos los edificios deben tener extintores y mantenerlos operativos. Obligaciones:

    • Revisión anual por empresa mantenedora habilitada.
    • Retimbrado cada 5 años (prueba de presión del cilindro).
    • Sustitución a los 20 años (vida útil máxima).

    BIE (Bocas de Incendio Equipadas)

    Las BIE son las mangueras empotradas en armarios rojos de las zonas comunes, habituales en edificios altos y garajes grandes. Obligaciones:

    • Revisión trimestral por empresa mantenedora.
    • Revisión anual completa (incluye medición de presión).
    • Prueba hidráulica quinquenal (presión máxima admisible).

    Puertas cortafuegos y alumbrado de emergencia

    Las puertas cortafuegos (EI) se revisan anualmente según el RD 732/2019 + UNE 23740-1. El alumbrado de emergencia (lámparas verdes que se encienden al cortar la luz) se revisa anualmente por empresa mantenedora y tiene OCA decenal del REBT (RD 842/2002).

    Detección automática

    Sistemas de detección automática de humo o gas (centralita con pulsadores y sirenas) exigen revisión trimestral por mantenedora y revisión anual completa según UNE 23007-14.

    Otros

    Según las instalaciones concretas de tu edificio: columna seca, hidrantes exteriores, señalización fotoluminiscente (UNE 23033-1), inspección OCA decenal de las instalaciones PCI de garaje. La auditoría gratuita filtra cuáles aplican a tu caso.

    Agua, legionella y piscina comunitaria

    Prevención de legionella

    RD 487/2022 (mod. RD 614/2024)

    Periodicidad

    Trimestral (limpieza ACS) · Anual (análisis legionella)

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Riesgo adicional

    Una de las obligaciones más estrictas en comunidades con ACS centralizada

    Prevención de legionella

    El RD 487/2022 (modificado por RD 614/2024) regula la prevención y control de la legionelosis en toda España. En Castilla y León se aplica directamente el RD estatal sin desarrollo autonómico específico. Principales exigencias:

    • Limpieza y desinfección trimestral del sistema de ACS.
    • Análisis anual de legionella por laboratorio acreditado ENAC.
    • Libro de registro de operaciones.

    Especialmente relevante por la abundancia de edificios con calefacción central y ACS centralizada construidos en los años 60-90 en las capitales castellano-leonesas. Los sistemas de ACS mal mantenidos en climas fríos son particularmente vulnerables a legionella.

    Depósitos de agua de consumo humano

    Los aljibes y depósitos comunitarios se rigen por el RD 3/2023 (que sustituyó al RD 140/2003). Obligatorio limpieza y desinfección anual por empresa autorizada.

    Piscina comunitaria (Castilla y León)

    RD 742/2013 estatal

    Periodicidad

    Anual + control trimestral del agua

    Sanción máxima

    Hasta 600.000 €

    Piscina comunitaria

    En Castilla y León no existe decreto autonómico específico de piscinas comunitarias en vigor (a diferencia de Andalucía, Madrid, Galicia o Canarias). Aplica directamente el régimen estatal del RD 742/2013 complementado con inspecciones de Salud Pública autonómica. Obligaciones:

    • Revisión anual al inicio de temporada (filtros, bombas, dosificadores).
    • Control trimestral del agua por laboratorio acreditado.
    • Control continuo por empresa mantenedora durante la temporada (cloro, pH, turbidez).
    • Socorrista si se cumplen determinadas condiciones.

    La sanción por incumplimientos graves llega a 600.000 € aunque lo habitual son multas de 1.000-10.000 €. Las piscinas son menos frecuentes en Castilla y León que en CCAA cálidas, pero existen en urbanizaciones grandes y residenciales del extrarradio de las capitales.

    Control de plagas (DDD)

    Tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización semestrales en zonas comunes según RD 830/2010 y Ley 33/2011. Imprescindibles en edificios con garaje, cuartos de basuras comunitarios o problemas recurrentes.

    Otras obligaciones del edificio

    Cuatro normativas adicionales que aplican según las instalaciones del edificio: certificado energético, ICT, pararrayos y puertas automáticas de garaje.

    CEE

    RD 390/2021

    Periodicidad

    Cada 10 años

    Sanción máxima

    Hasta 6.000 €

    ICT — telecomunicaciones

    RD 346/2011

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 50.000 €

    Pararrayos

    CTE DB-SUA 8 + UNE-EN 62305

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Puerta garaje automática

    RD 1644/2008

    Periodicidad

    Anual

    Sanción máxima

    Hasta 60.000 €

    Comprueba qué inspecciones aplican a tu comunidad

    4 datos, 30 segundos, informe gratuito en tu email.

    Esta es una estimación inicial basada en 4 datos básicos. Para un informe completo que tenga en cuenta piscina, garaje, BIE, centro de transformación y el resto de instalaciones de tu comunidad, haz la auditoría completa aquí →

    Calcula las inspecciones obligatorias de tu edificio

    En menos de 30 segundos. Recibirás el informe con todas las obligaciones legales que afectan a tu comunidad en Castilla y León.

    Te enviaremos el informe aquí. No haremos spam ni cederemos tu email.

    Sanciones por incumplimiento

    Las sanciones por no tener las inspecciones obligatorias al día varían mucho según la gravedad y la normativa aplicable. Referencia de máximos legales (rara vez aplicados en casos típicos, pero existentes):

    ÁmbitoSanción máxima
    PCI, legionella, piscinas, aljibesHasta 600.000 €
    ITE autonómica (D. 6/2016)Hasta 90.000 €
    Baja tensión, gas, recarga VEHasta 60.000 €
    Térmicas, ascensoresHasta 30.000 €
    ICT (telecomunicaciones)Hasta 50.000 €
    Gases fluorados (caso grave)Hasta 2.000.000 €
    CEEHasta 6.000 €

    En la práctica, las sanciones típicas para comunidades castellano-leonesas oscilan entre 500 € y 10.000 € por infracción. Las cifras máximas se reservan a casos graves con reincidencia, daño ambiental o personas heridas. Más relevante que la sanción administrativa suele ser el impacto en seguros: una comunidad sin las inspecciones obligatorias puede perder cobertura cuando ocurre un siniestro.

    ¿Necesito esto si ya tengo administrador?

    Sí, es complementario. Tu administrador gestiona la contabilidad, las juntas y la relación con vecinos. FincasAlDía te da visibilidad al presidente y a la junta sobre qué inspecciones están al día, cuándo vencen y dónde están los certificados. Si algún día cambias de administrador, la información sigue contigo. Tu administrador puede incluso ser invitado a la cuenta para trabajar dentro de la plataforma.

    Cómo funciona FincasAlDía

    Paso 1

    Introduces los datos básicos

    15 campos del edificio (año, plantas, viviendas, instalaciones). 2 minutos. Los tuyos.

    Paso 2

    El motor cruza la normativa

    Estatal, autonómica y municipal. 97 normas verificadas. 19 comunidades autónomas + ordenanzas de 15 ciudades.

    Paso 3

    Recibes alertas a tiempo

    90, 60 y 30 días antes de cada vencimiento. Archivas los certificados. Consultas desde cualquier dispositivo.

    Preguntas frecuentes

    ¿Por qué la ITE en Castilla y León es a los 40 años y no a los 50 como en otras CCAA?
    El Decreto 6/2016 estableció el umbral en 40 años, más estricto que la media española (50 años). La razón es la antigüedad media del parque edificatorio castellano-leonés y el mayor desgaste estructural derivado del clima continental con grandes oscilaciones térmicas. Es el umbral más estricto autonómico junto con Cataluña (que también es 45-50 según municipio).
    ¿Qué es REGITECyL y dónde se consulta la ITE de mi edificio?
    REGITECyL es el Registro de la Inspección Técnica de Construcciones de Castilla y León, accesible en regitecyl.es. Depende de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta. En él se inscriben todos los IEE presentados en la comunidad. El técnico que firma la ITE se encarga habitualmente de presentar el informe en el registro.
    Vivo en Valladolid. ¿Qué nivel de ITE me aplica?
    Nivel 1 — ITE completa. Valladolid tiene más de 20.000 habitantes (capital con casi 300.000), por lo que aplica el nivel más exigente: ITE completa para todos los edificios de 40 años o más, con periodicidad de 10 años.
    Vivo en Aranda de Duero. ¿Cuál me aplica?
    Aranda de Duero tiene unos 32.000 habitantes, así que está en Nivel 1 — ITE completa. El régimen es igual al de las capitales de provincia: ITE completa a los 40 años con periodicidad de 10 años.
    Vivo en un pueblo de 3.000 habitantes en la provincia de Soria. ¿Tengo que hacer ITE?
    Probablemente Nivel 3 — sin obligación periódica. En municipios con menos de 5.000 habitantes (sin las excepciones del Decreto 6/2016), no hay ITE periódica obligatoria autonómica. Aplica solo el deber genérico de conservación de la Ley 5/1999. El ayuntamiento puede ordenar inspección puntual si detecta problemas, pero no hay calendario.
    Vivo en un pueblo de 7.000 habitantes y mi casa es unifamiliar. ¿Tengo que hacer ITE?
    No. Estás en Nivel 2 — ITE parcial, pero ese nivel solo aplica a edificios residenciales no unifamiliares. Las viviendas unifamiliares (chalets, casas individuales) están excluidas del Nivel 2. Tu obligación se limita al deber genérico de conservación.
    Vivo en un pueblo de 7.000 habitantes en un edificio de 12 vecinos. ¿Tengo que hacer ITE?
    Sí, te aplica Nivel 2 — ITE parcial. Tu edificio es plurifamiliar y tu municipio tiene más de 5.000 habitantes, por lo que sí estás obligado. La inspección es de alcance más limitado que la completa de Nivel 1, pero hay que hacerla cada 10 años a partir de los 40 años de antigüedad.
    ¿Cuánto cuesta una ITE en Castilla y León?
    Entre 400 € y 1.200 € según tamaño del edificio, número de viviendas e instalaciones comunes. La ITE parcial (Nivel 2) suele ser algo más económica que la completa por tener alcance más limitado. Los colegios profesionales (COACyLe, COAATs provinciales) publican tarifas orientativas. FincasAlDía no encarece la ITE — solo te avisa cuándo vence y archiva el certificado.
    ¿Qué pasa si nunca hemos pasado ninguna inspección?
    Lo más probable es que estéis en incumplimiento de varias normas a la vez. Actuar por iniciativa propia siempre es mejor que esperar a una sanción o un accidente. Empieza haciendo la auditoría gratuita para saber exactamente qué te aplica y en qué orden atacarlo. Suele empezarse por PCI (extintores) e ITE, que son las más frecuentes de ser inspeccionadas por la Administración o aseguradoras.

    Pon en orden tu comunidad en Castilla y León

    Con la auditoría gratuita sabes exactamente qué inspecciones te aplican, cuándo vencen y qué normativa las exige. Sin registro.