Guía San Cristóbal de La Laguna · 2026
Inspecciones obligatorias en comunidades de vecinos en La Laguna
San Cristóbal de La Laguna tiene una ordenanza de inspección técnica de las edificaciones que pide la primera inspección a los 25 años. La Ley 4/2017 de Canarias, posterior, fija ella misma los plazos: 80 años para la vivienda colectiva. Aquí tienes lo que dice cada una y lo que la ordenanza sigue añadiendo en la ciudad.
Esta guía cubre lo específico de La Laguna. Para el resto de inspecciones que aplican en todas las Islas Canarias (ascensores, electricidad, gas, PCI, legionela, etc.) consulta la guía completa de la CCAA.
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La ordenanza de La Laguna y la ley canaria
La ordenanza municipal se aprobó en 2007 y su texto íntegro, con las modificaciones hasta 2014, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 103, de 12 de agosto de 2015. Dos años después llegó la Ley 4/2017, del Suelo de Canarias, que dice que "la tipología de los inmuebles y los plazos en que deberán someterse a inspección son los fijados por la disposición adicional tercera de esta ley" (art. 269.4). Así quedan las dos:
| Aspecto | Ordenanza de La Laguna | Ley 4/2017 |
|---|---|---|
| Primera inspección | En el año siguiente a cumplir 25 años (art. 4.1) | Vivienda colectiva, al cumplir 80 años (disposición adicional 3.ª) |
| Siguientes | En el año siguiente a pasar 10 años desde la anterior (art. 4.2) | La inspección tiene una eficacia de 20 años (art. 269.2) |
| Ámbito | Todo el término municipal (art. 1.1) | Toda Canarias |
| Dónde se presenta | Registro de Inspección Técnica de la Gerencia de Urbanismo (art. 2) | — |
| Multa por no presentarla | Grave, 600–1.500 €; muy grave, 1.501–3.000 € en el Conjunto Histórico o si está catalogado o es BIC (art. 6.2). Castiga no presentarla en los plazos de la ordenanza, así que no está claro que se aplique a la de 80 años | Leve, de 60 a 6.000 € (arts. 372.2 y 373.a) |
Qué plazo aplica hoy. La propia Gerencia de Urbanismo lo dice en la ficha del trámite: "los plazos deberán ajustarse a lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 4/2017". Por eso nuestra auditoría te avisa de la ITE a los 80 años. La ordenanza sigue en vigor para el resto: dónde se presenta y el requerimiento. Sus multas castigan no presentarla en los plazos de la propia ordenanza, así que no está claro que se apliquen a la ITE de los 80 años.
Las inspecciones de instalaciones (ascensores, baja tensión, gas, PCI, legionela, térmicas) se rigen por normativa estatal o autonómica, igual que en el resto de Canarias. Una duda propia de La Laguna: su Ordenanza reguladora del Control Periódico de Actividades (2013) pide controles periódicos a las actividades con licencia, y el reglamento canario de actividades clasificadas incluye los garajes de más de 100 m². No está claro que alcance al garaje de una comunidad, que no se explota como actividad: pregúntalo en la Gerencia de Urbanismo.
Lo que la ordenanza añade en La Laguna
Todo el municipio, un solo certificado por edificio
La obligación alcanza a las edificaciones de todo el término municipal, no solo al Conjunto Histórico (art. 1.1). En un edificio en propiedad horizontal el certificado se refiere al inmueble en su conjunto, no a cada vivienda, esté o no constituida formalmente la comunidad (art. 1.3).
Solo se registran certificados favorables
El certificado lo firma un técnico competente y se presenta en el Registro de Inspección Técnica de la Edificación de la Gerencia Municipal de Urbanismo (art. 2). No se admiten a trámite los informes que no sean favorables (art. 3.1): si hacen falta obras, primero se pide la licencia y se ejecutan; mientras se tramita la licencia, el plazo de la inspección se interrumpe (art. 3.3). Con el certificado favorable, la Gerencia entrega un distintivo (art. 3.2).
Requerimiento y multas
Si no se presenta a tiempo, la Gerencia requiere a la propiedad para que lo haga en un mes, con la advertencia de encargarlo ella a su costa (art. 6.1). Además, la ordenanza tipifica no presentarlo (art. 6.2):
- Grave, de 600 a 1.500 €, con carácter general.
- Muy grave, de 1.501 a 3.000 €, si el edificio está en el Conjunto Histórico, en el catálogo de protección, declarado Bien de Interés Cultural o en trámite de serlo.
- Leve, de 60 a 599 €, en los dos casos, si se subsana con el primer requerimiento.
Estas multas castigan no presentar el certificado «en el tiempo y en la forma establecida en esta Ordenanza» (art. 6.2), es decir, con los plazos de la ordenanza. Como esos plazos ceden ante la ley, no está claro que se apliquen a la ITE de los 80 años. La ley canaria, que no tipifica expresamente la falta de inspección, la trataría como infracción leve, de 60 a 6.000 € (arts. 372.2 y 373.a).
El certificado va al Libro del Edificio
Las copias de cada presentación se unen al Libro del Edificio o, si no lo hay, a la documentación técnica del edificio. La propiedad las conserva y las entrega a los nuevos titulares si el edificio se transmite (art. 5).
Procedimiento en La Laguna
Quién la firma
Un técnico competente según la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación: la ficha del trámite cita arquitectos, arquitectos técnicos y aparejadores. No hay tarifa oficial: los colegios profesionales no pueden publicar baremos de honorarios (art. 14 de la Ley 2/1974), así que conviene comparar varios presupuestos.
Dónde se presenta
En la Gerencia Municipal de Urbanismo, con el modelo normalizado de certificado y, la primera vez, la solicitud de alta de la edificación en el registro (art. 3.1). La ficha del trámite tiene los modelos y permite tramitarlo por la sede electrónica.
Documentación que el presidente debe conservar
- Certificado de inspección firmado y fechado.
- Justificante de presentación en la Gerencia.
- El distintivo que entrega la Gerencia.
- Licencias y certificados de las obras, si las hubo antes del certificado favorable.
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Preguntas frecuentes — La Laguna
¿La ITE en La Laguna es a los 25 años?
¿La ordenanza solo afecta al Conjunto Histórico?
Nuestro edificio tiene 30 años y nunca ha pasado la ITE. ¿Estamos incumpliendo?
¿Qué multa hay en La Laguna por no presentar la ITE?
Mi comunidad está en Santa Cruz de Tenerife, La Orotava o Adeje. ¿Me afecta la ordenanza de La Laguna?
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